Cada vez son más las inspecciones de Hacienda que se inician mediante la personación por sorpresa, sin previo aviso, de los inspectores en las dependencias del contribuyente. En dichas actuaciones, la Inspección trata de tener acceso a toda la información y documentación con trascendencia tributaria, tanto en formato físico como en formato electrónico, de la compañía o persona que está siendo objeto de comprobación. Todo lo que acontezca desde la personación de los órganos inspectores hasta su salida de las dependencias del contribuyente será crucial para las conclusiones a las que pueda llegar la Inspección y la posterior defensa del obligado tributario.
En el presente desayuno abordaremos, desde una perspectiva eminentemente práctica, cómo consideramos que se ha de actuar ante una visita sorpresa de los miembros de la Inspección de Hacienda a nuestras instalaciones, dando los pertinentes consejos y pautas a tal efecto, qué derechos le asisten al contribuyente y qué obligaciones, así como las facultades del órgano inspector.
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