Por Alejandro Negro y Marta Zaballos
La Oficina del Comisionado de Información del Reino Unido (en adelante, “ICO”, por sus siglas en inglés) propone dos sanciones por un importe de 99,2 millones y 183,39 millones de libras esterlinas (110 y 204 millones de euros, respectivamente) de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos (“RGPD”) por brechas de seguridad en sus datos personales.
Como particularidad, resulta relevante destacar que, por primera vez, la graduación de la sanción tiene en cuenta los porcentajes establecidos por el artículo 83.5 del RGPD.
En concreto, este apartado dispone que las autoridades de control de protección de datos al imponer las sanciones más graves, podrán tomar como punto de partida 10 millones de euros o el 2% del volumen de negocio anual, pudiendo alcanzar cantidades de hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio anual correspondiente al ejercicio financiero del año anterior.
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