¿Cuándo debo pedir el interrogatorio de la parte contraria y cuando es mejor no hacerlo?

2019-12-01T00:00:00
España
Congreso de la APDP e ICAB en Homenaje a Luís Muñoz Sabaté - La Prueba en Acción: Estrategias Procesales
¿Cuándo debo pedir el interrogatorio de la parte contraria y cuando es mejor no hacerlo?
1 de diciembre de 2019

Quiero iniciar esta ponencia citando al Profesor Luís Muños Sabaté, en cuyo honor se celebra este Congreso, quien en su manual de lectura imprescindible sobre Técnica Probatoria afirmaba, citando a Simpson, que "El factor decisivo del proceso radica en la prueba" y enfatizaba que "de poco puede servir a una persona hallarse en posesión del derecho más claro e incontroversible si en el momento procesal oportuno no logra demostrar los hechos que constituyen la hipótesi legal". 

Ciertamente, así es. La experiencia nos demuestra que si no logramos probar los hechos en los que se basa la pretensión de nuestro defendido, no podremos obtener la tutela que se pretende, por más razón que se tenga.

Congreso de la APDP e ICAB en Homenaje a Lluís Muñoz Sabaté - La Prueba en Acción: Estrategias Procesales, 28 y 29 de noviembre de 2019.

1 de diciembre de 2019