BEGIN:VCALENDAR VERSION:2.0 PRODID:www.cuatrecasas.com_1585 METHOD:PUBLISH BEGIN:VTIMEZONE TZID: LAST-MODIFIED:20190228T090000Z BEGIN:STANDARD DTSTART:20190228T090000 TZOFFSETFROM: TZOFFSETTO: TZNAME:code END:STANDARD BEGIN:DAYLIGHT DTSTART:20190228T090000 TZOFFSETFROM: TZOFFSETTO: TZNAME: END:DAYLIGHT END:VTIMEZONE BEGIN:VEVENT DTSTART;TZID="":20190228T090000 DTSTAMP:20190228T090000 DTEND;TZID="":20190228T103000 SUMMARY:El futuro del IVA en las operaciones intracomunitarias y el comercio electrónico LOCATION: DESCRIPTION:El IVA es un impuesto indirecto en constante transformación. Sin embargo, tanto el régimen de las operaciones intracomunitarias, instaurado con carácter “transitorio” en 1993, como el régimen de comercio electrónico transfronterizo, son sistemas que se han mantenido sin modificaciones relevantes en el tiempo.Los numerosos inconvenientes que plantea la regulación actual, especialmente compleja y costosa para las empresas de comercio electrónico, así como la falta de reformas de calado, ha conllevado que, según cifras publicadas por la Comisión Europea, los Estados miembros estén perdiendo cada año 150.000 millones de euros de recaudación (denominado VAT gap) en concepto del IVA.Ante esta situación, y en el marco del Plan de Acción del IVA que aprobó la Comisión Europea en 2016, se han ido aprobado diferentes medidas que, de forma escalonada en el tiempo, tienen como principal objetivo adaptar el sistema del IVA a la economía digital y a las necesidades de las PYMES, así como aportar orientaciones claras sobre un sistema de tributación definitivo para operaciones intracomunitarias que favorezca el mercado único.Las diferentes medidas, que entrarán en vigor entre los años 2020 y 2022, afectarán especialmente a todas aquellas empresas que vengan aplicando dichos regímenes, por lo que las mismas deberán tomar las decisiones necesarias para adaptar su operativa de la forma más eficiente.\n\n UID:1585 SEQUENCE:0 X-ALT-DESC;FMTTYPE=text/html:\n\n
\n\nEl IVA es un impuesto indirecto en constante transformación. Sin embargo, tanto el régimen de las operaciones intracomunitarias, instaurado con carácter “transitorio” en 1993, como el régimen de comercio electrónico transfronterizo, son sistemas que se han mantenido sin modificaciones relevantes en el tiempo.Los numerosos inconvenientes que plantea la regulación actual, especialmente compleja y costosa para las empresas de comercio electrónico, así como la falta de reformas de calado, ha conllevado que, según cifras publicadas por la Comisión Europea, los Estados miembros estén perdiendo cada año 150.000 millones de euros de recaudación (denominado VAT gap) en concepto del IVA.Ante esta situación, y en el marco del Plan de Acción del IVA que aprobó la Comisión Europea en 2016, se han ido aprobado diferentes medidas que, de forma escalonada en el tiempo, tienen como principal objetivo adaptar el sistema del IVA a la economía digital y a las necesidades de las PYMES, así como aportar orientaciones claras sobre un sistema de tributación definitivo para operaciones intracomunitarias que favorezca el mercado único.Las diferentes medidas, que entrarán en vigor entre los años 2020 y 2022, afectarán especialmente a todas aquellas empresas que vengan aplicando dichos regímenes, por lo que las mismas deberán tomar las decisiones necesarias para adaptar su operativa de la forma más eficiente.
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