Se modifica nuevamente el régimen concursal de la deuda con aval del ICO

Se modifica nuevamente el régimen concursal de la deuda con aval del ICO
El Real Decreto-ley 20/2022 ("RDL 20/2022"), de 27 de diciembre, modifica nuevamente el régimen concursal de la deuda con aval del ICO.
Mediante el artículo 105 del RDL 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, se ha modificado el régimen concursal de la deuda procedente de los avales públicos otorgados a través del ICO al amparo de los Reales Decreto-ley 8/2020, 25/2020 y 6/2022.
Esta modificación supone la revisión del régimen establecido en la Disposición adicional octava de la Ley 16/2022, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, en vigor desde el 26 de septiembre de 2022.
Las novedades se centran esencialmente en dos ámbitos del régimen concursal:
La Disposición transitoria tercera del RDL 20/2022 establece que las modificaciones antes expuestas aplican, como regla general, desde el pasado 26 de septiembre de 2022, sin perjuicio de la validez de las solicitudes de autorización tramitadas y las autorizaciones, votos y adhesiones u oposiciones realizadas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de conformidad con la redacción original de la citada Disposición Adicional octava de la Ley 16/2022.
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