Protección de Propiedad Industrial e Intelectual en el MWC 2022

2022-01-26T08:35:00
España

Protección de derechos de Propiedad Industrial e Intelectual en el marco del "Mobile World Congress 2022"

Protección de Propiedad Industrial e Intelectual en el MWC 2022
26 de enero de 2022

Como en años anteriores, el pasado 10 de enero de 2022, el Tribunal Mercantil de Barcelona y los Juzgados de Marca de la Unión Europea de Alicante acordaron establecer un “Protocolo de servicio de guardia y de actuación rápida” en el marco del evento “Mobile World Congress 2022”, a celebrar en Barcelona del 28 de febrero al 3 de marzo de 2022, con el objetivo de abordar de forma prioritaria y eficaz posibles conflictos en materia de propiedad industrial e intelectual originados en el evento.

El protocolo viene siendo aplicado desde el año 2015 y el contenido del de este año es, con alguna salvedad menor, igual al acordado para el certamen celebrado en el año 2021.

En particular, de manera resumida el protocolo recoge los siguientes compromisos:

> Tramitar de forma preferente y prioritaria las solicitudes de diligencias preliminares, diligencias de comprobación de hechos y/o medidas cautelares urgentes (con o sin audiencia) sobre patentes, innovaciones y diseños, así como sobre infracciones de marca y de derechos de propiedad intelectual, actos de competencia desleal, defensa de la competencia y de publicidad ilícita, respecto de productos y materias objeto de presentación, exposición o exhibición en el evento.

> Resolver de forma inmediata (veinticuatro horas) la admisión de solicitudes de escritos preventivos, para evitar perjuicios a aquellos operadores que tengan razones para temer ser objeto de una solicitud de medidas cautelares sin audiencia de parte. Recordemos que los escritos preventivos se articulan en nuestro ordenamiento como un instrumento de defensa que permite justificar la posición jurídica del que los interpone, para intentar evitar la adopción en su contra de medidas cautelares sin audiencia de parte.

> Resolver las solicitudes de diligencias preliminares, diligencias de comprobación de hechos y/o medidas cautelares urgentes sin audiencia en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas y, en caso de que se señale vista tras la presentación de un escrito preventivo, en el plazo de diez días.

> Ponderar el criterio de “urgencia” para adoptar medidas cautelares sin audiencia de parte sobre la base de la buena fe, teniendo en cuenta si el solicitante de la pieza cautelar pudo tener conocimiento anterior de la eventual infracción y, en consecuencia, tuvo ocasión de presentar con anterioridad su solicitud.

> Al amparo de la normativa sobre secretos empresariales y el “Protocolo especial de Protección del secreto empresarial” del Tribunal Mercantil de Barcelona, adoptar las medidas necesarias para preservar la confidencialidad de información calificada como secreto empresarial que sea necesaria para la resolución de procedimientos en materia de secretos o de cualquier otra clase.

> Reforzar la cooperación entre órganos jurisdiccionales, para que el Tribunal Mercantil de Barcelona pueda ejecutar de forma inmediata las medidas de que se trate, y así garantizar su efectividad.

En ediciones anteriores del evento, los protocolos que se aprobaron demostraron ser altamente eficaces. De hecho, teniendo en cuenta la limitada duración del evento, su aplicación llevó a la tramitación de un elevado número de solicitudes de escritos preventivos y la resolución de procedimientos de diligencias de comprobación de hechos y de medidas cautelares. Así se desprende, por ejemplo, de los informes de resultados de los protocolos aplicables a las ediciones de 2019 y 2021 del evento (enlace y enlace). Con toda probabilidad este año, en el que se espera una cierta recuperación de la asistencia, la eficacia de estas medidas quedará de nuevo acreditada.

26 de enero de 2022