Prohibición de la utilización de mecanismos de Third Party Ownership en la jurisprudencia del TAS

2022-06-01T13:42:00
Internacional
Valoración jurisprudencial de la prohibición realizada por la FIFA sobre las operaciones realizadas a través de TPO
Prohibición de la utilización de mecanismos de Third Party Ownership en la jurisprudencia del TAS
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1 de junio de 2022
El incremento del volumen de negocio del fútbol a nivel europeo y mundial ha conllevado la generación de unas actividades mercantiles dirigidas a la búsqueda y obtención de financiación externa.

En este contexto, a principios de la década de 2010 aparecieron los Third Party Ownership, ("TPO"), que consisten en operaciones mediante las cuales los derechos económicos de los jugadores de fútbol son posesión de terceros (fondos de inversión, agencias, etc.) y son, en última instancia, los que se benefician del traspaso del futbolista. 

Ante la preocupación de que con la utilización de las figuras del TPO pudiesen afectar a la integridad de las competiciones, la Federación Internacional de Fútbol Asociación ("FIFA") prohibió la utilización de estos mecanismos de financiación.

Revista del Club Español del Arbitraje, nº 44/2022. 




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1 de junio de 2022