A propósito de la reciente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión
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SuscribirmeEl modelo de casación contencioso-administrativa alumbrado en la Ley Orgánica 7/2015 y puesto en marcha efectiva en julio de 2016 tuvo muy presente la necesidad de responder a los retos que a los jueces y tribunales españoles plantean su condición de jueces comunitarios y su obligación de otorgar efectividad interna a las determinaciones del ordenamiento jurídico de la Unión.
Por ello, entre las razones que permiten al Tribunal Supremo apreciar interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia, el Legislador señaló la de que la resolución judicial que se pretende recurrir interprete y aplique el Derecho de la Unión Europea en contradicción aparente con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia o en supuestos en los que pueda ser exigible su intervención a título prejudicial [artículo 88.2.f) LJCA]. (...)
Ver el artículo completo en: Taxlandia: Blog fiscal y de opinión tributaria, 8 de septiembre de 2026.
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