A debate los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades

2024-04-03T09:23:00
España
Se acaban de plantear dos cuestiones de inconstitucionalidad respecto a los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades 
A debate los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades
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3 de abril de 2024

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (“TSJCV”), en dos recientes autos obtenidos bajo la dirección letrada de CUATRECASAS, acuerda plantear sendas cuestiones de inconstitucionalidad respecto al régimen de cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (“IS”) establecido en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del IS (“Ley del IS”), por la posible vulneración del principio de capacidad económica. Recordemos que este sistema de cálculo afecta a las empresas y grupos fiscales con un importe neto de la cifra de negocios (“INCN”) superior a 10 millones de euros en el año anterior.

Estos contribuyentes están afectados por:

  • el incremento del tipo impositivo sobre la base imponible corrida del periodo de liquidación del pago a cuenta y
  • por el pago fraccionado mínimo que pivota sobre el resultado contable corrido. Ambas medidas fueron introducidas inicialmente por el Real Decreto-ley 2/2016, que ya fue declarado inconstitucional. Sin embargo, la Administración tributaria viene considerando que el vicio de inconstitucionalidad fue subsanado por la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para el año 20018.

El Tribunal Superior de Justicia plantea dichas cuestiones de inconstitucionalidad al considerar que este régimen de cálculo de los pagos fraccionados, para dichos contribuyentes, puede contravenir el principio de capacidad económica, previsto en el artículo 31.1 de la Constitución española. 

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3 de abril de 2024