La coordinación parental ante la ausencia de un marco normativo estatal: incógnitas e interrogantes

2023-10-01T17:22:00
España
La figura del coordinador parental o de la parentalidad, en calidad de auxiliar colaborador del juez en conflictos familiares
La coordinación parental ante la ausencia de un marco normativo estatal: incógnitas e interrogantes
1 de octubre de 2023
La figura de la coordinación parental, recientemente introducida en España, en donde la tasa de divorcios, separaciones y nulidad matrimonial es, cada vez, más alta y preocupante, tiene por objeto auxiliar y cooperar con los Juzgados y Tribunales, así como con las familias, para implementar las medidas acordadas en las resoluciones judiciales, al mismo tiempo que tratan de pacificar situaciones de alta conflictividad; todo ello, con objeto de proteger el bien jurídico superior de este tipo de procedimientos: el interés del menor.

En efecto, tras la inoperatividad e ineficacia, en algunos casos, del resto de herramientas puestas a disposición de nuestros Juzgados y Tribunales (Puntos de Encuentro Familia, servicios sociales o terapias psicológicas o psiquiátricas), el coordinador se presenta como el último recurso al que acudir. No obstante, la falta de un marco regulatorio estatal, la disparidad de opiniones doctrinales y la existencia de resoluciones jurídicas contradictorias, nos suscitan numerosos interrogantes e incógnitas sobre la naturaleza jurídica, alcance de las funciones, potestades y obligaciones de los coordinadores parentales, así como la vinculación y ejecutividad de sus decisiones que, con objeto de evitar una indeseable inseguridad jurídica, deberán ser resueltos, con urgencia y previa consulta del conjunto de agentes sociales y especialistas en la materia, por el legislador español.

Ver el artículo completo en: Derecho de Familia, nº 33, Sección A Fondo, Primer Trimestre de 2022, La Ley. 

1 de octubre de 2023