Reserva ex art. 332 LSC para excluir la responsabilidad del socio

2023-09-27T19:06:00
España

Reducción con devolución de aportaciones en SL: reserva dotada por nominal del capital amortizado

Reserva ex art. 332 LSC para excluir la responsabilidad del socio
27 de septiembre de 2023

Dos resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 24 de julio de 2023 (ambas publicadas el 27 de septiembre en el BOE) reiteran la postura de la Dirección General de que la reserva del art. 332 LSC debe dotarse por el valor nominal de las participaciones amortizadas en la reducción de capital social.

Exclusión de la responsabilidad solidaria

Recordemos que, conforme a los art. 331 LSC y art. 332 LSC, los socios de una SL a quienes se hubiera restituido la totalidad o parte del valor de sus aportaciones responderán solidariamente entre sí y con la sociedad del pago de las deudas sociales contraídas con anterioridad a la fecha en que la reducción fuera oponible a terceros durante cinco años. Recordemos también que es posible excluir esta responsabilidad solidaria de los socios “si al acordarse la reducción se dotase una reserva con cargo a beneficios o reservas libres por un importe igual al percibido por los socios en concepto de restitución de la aportación social”.

Resumen básico de los hechos y postura de la Dirección General

En estas resoluciones la junta universal de cada una de las dos SLs acuerda por unanimidad comprar todas las participaciones sociales de uno de sus socios por un precio superior a su valor nominal, reducir capital y dotar, con cargo a reservas libres, una reserva indisponible por el importe nominal de la reducción por cinco años. El Registrador Mercantil competente califica negativamente las reducciones porque considera que la reserva debería haberse dotado por el importe “recibido por el socio saliente en concepto de reembolso” y no únicamente por el valor nominal.

La Dirección General estima los recursos y revoca la calificación registral. Al respecto, expone:

  • Que el art. 140.1 b) LSC permite adquirir participaciones propias en ejecución de un acuerdo previo de reducción de capital.
  • Que la reducción comporta devolución de aportaciones a los socios y, por ello, “procede la aplicación al caso” de los arts. 331 y 332 LSC.
  • Que el importe de la reserva que excluye la responsabilidad solidaria del socio ex art. 332 LSC es el valor nominal del capital amortizado.

    En relación con esto, la Dirección General recuerda que, ya en su momento, en su Resolución de 16 de noviembre de 2006 (BOE 21.12.06), al interpretar el art. 80 LSRL (“actual artículo 332.1”), sostuvo que la referencia al importe percibido en concepto de restitución de la aportación social como límite de responsabilidad de los socios perceptores y como quantum de la reserva indisponible había que entenderla referida a un importe equivalente al valor nominal de las participaciones amortizadas, “toda vez que se trata de garantizar a los acreedores la existencia de una responsabilidad o vinculación de elementos patrimoniales equivalente a la cifra del capital anterior a la reducción del capital”. Y que esa ha sido su doctrina en posteriores resoluciones, entre otras, por ejemplo, la Resolución de 10 de mayo de 2017, BOE 29.5.17 (la cual, además, señaló que si la escritura de reducción de capital identificaba a los socios a quienes se habían restituido las aportaciones, sin indicar que se había dotado la reserva del art. 332 LSC, debía presuponerse la responsabilidad solidaria de tales socios ex art. 331 LSC).

 Conclusión y recomendación

En caso de reducción de capital en SL implementada mediante la compra para su amortización de participaciones de uno o varios socios por un precio superior al nominal de las participaciones amortizadas, para excluir su responsabilidad por deudas anteriores les convendrá asegurarse previamente que la SL tiene beneficios o reservas de libre disposición suficientes tanto para adquirir sus participaciones como para dotar la reserva del art. 332 LSC por el nominal amortizado, y que la dotación se prevé expresamente en el acuerdo de reducción adoptado.

27 de septiembre de 2023