

Por: Juan Prieto
Cuando un contribuyente decide recurrir un acto que le dicta la Administración Tributaria tiene que ser consciente de que inicia un camino que puede ser muy largo.
La obligatoria impugnación ante los tribunales económico-administrativos y, en caso de desestimación, ante los tribunales de justicia, hace que obtener un pronunciamiento firme pueda demorarse varios años.
Continar leyendo en Expansión