Analizamos los principales aspectos del Pilar Dos de la OCDE, que pretende asegurar que grupos que facturen al menos 750 millones de euros soportan un gravamen efectivo mínimo del 15 % en cada jurisdicción en la que operan. En España el objetivo anterior se aborda a través del Impuesto Complementario (IC).
Nuestras publicaciones examinan las cuestiones generales de las diferentes normativas que regulan la materia, así como algunos aspectos concretos.