Puntos Clave
- Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el 27 de marzo de 2026, el Acuerdo firmado por la UE y 26 Estados miembros que da forma de tratado a una posición que ya había sido expuesta en las declaraciones interestatales de 2019 y 2024.
- El Acuerdo reafirma la posición de la UE de que el artículo 26 del TCE no puede, ni podría jamás, servir como base legal para procedimientos de arbitraje intra-UE.
- También establece que el artículo 47(3) del TCE no se extiende a los arbitrajes intra-UE y no produce efectos legales en las relaciones intra-UE.
- Más allá de reiterar una posición interpretativa, el Acuerdo pretende tener consecuencias prácticas inmediatas en casos pendientes y futuros. Hasta ahora, los tribunales arbitrales han decidido abrumadoramente en contra de tal interpretación en múltiples laudos.
- El Acuerdo está sujeto a ratificación por parte de los Estados miembros y la UE y entrará en vigor en su momento.
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