Uruguay: el arbitraje comercial internacional en Iberoamérica

2026-05-01T13:08:00
Latinoamérica
Cuestiones generales del arbitraje como mecanismo de solución de controversias en Uruguay
Uruguay: el arbitraje comercial internacional en Iberoamérica
1 de mayo de 2026
El arbitraje en Uruguay se afianza como un mecanismo heterocompositivo de solución de controversias, fundado en el consentimiento de las partes y caracterizado por la emisión de una decisión final y obligatoria por un tribunal constituido ad hoc o institucionalmente, con control judicial limitado a causales taxativas de anulación o a la fase de reconocimiento y ejecución de laudos extranjeros. La práctica uruguaya, enriquecida por una doble fuente normativa —el Código General del Proceso (CGP) para el arbitraje doméstico e internacional no comercial y la LACI para el arbitraje comercial internacional— se complementa con una sólida red convencional, principalmente la CNY, la Convención de Panamá, y los instrumentos interamericanos y del MERCOSUR.

La reciente reforma introducida por la Ley No 20.257, promulgada el 25 de abril de 2024, ha supuesto una modernización sustancial del régimen de arbitraje doméstico en Uruguay, sustituyendo los artículos 472 a 506 del CGP. Esta reforma modernizó prácticas que ya habían quedado obsoletas, clarificó el ámbito de aplicación del CGP y fortaleció la autonomía del acuerdo arbitral, alineando la regulación nacional con las mejores prácticas internacionales y la LM. La LACI, vigente desde 2018, adoptó criterios amplios de comercialidad e internacionalidad y consagró la autonomía de la voluntad, así como los principales principios y ejes rectores de un proceso arbitral moderno.

Ver el capítulo completo en: El arbitraje comercial internacional en Iberoamérica. Editorial Aranzadi, 2026. 

1 de mayo de 2026