CMF abre consulta sobre ajustes a la normativa de autosecuritizaciones

2025-05-09T05:00:00
Chile
Norma consultada propone ajustes en regulación REPOs, autosecuritizaciones y el uso de derivados y seguros de crédito por bancos
CMF abre consulta sobre ajustes a la normativa de autosecuritizaciones
9 de mayo de 2025

La Comisión para el Mercado Financiero (“CMF”) ha abierto una consulta pública, hasta el 6 de junio de 2025, sobre la propuesta de modificación a los Capítulos 21-6 y 8-40 de la Recopilación Actualizada de Normas para Bancos (“RAN”) y a las Normas de Carácter General N°303 y 451 del mismo organismo. Esta propuesta tiene como objetivo perfeccionar la implementación de los estándares de Basilea III, proponiendo ajustes en la regulación de las operaciones de venta con pacto de retrocompra (“REPO”), las autosecuritizaciones y el uso de derivados y seguros de crédito por parte de los bancos.

De acuerdo con la normativa chilena, la autosecuritización está permitida. En este proceso, una empresa bancaria (la "Originadora") puede vender o ceder documentos de su cartera de colocaciones a una sociedad securitizadora, la cual, a través de un patrimonio separado, emite títulos de deuda securitizados que posteriormente pueden ser adquiridos por la Originadora. Normalmente, en el contexto de una autosecuritización, los activos subyacentes no se eliminan del balance del banco, ya que no hay una transferencia significativa de riesgo.

Según la CMF, la experiencia internacional muestra que las autosecuritizaciones son una alternativa de colateral considerada por los bancos centrales para dar acceso a facilidades de liquidez, especialmente en mercados con un desarrollo menor de las securitizaciones tradicionales. 

Las propuestas de modificación consisten en:

  • Eliminación del Ponderador por Riesgo de Crédito (“PRC”): Se propone eliminar la instrucción normativa que asigna un PRC de 1.250% a los instrumentos securitizados preferentes sobre activos subyacentes provenientes del mismo banco. Esto tiene como objetivo incentivar tanto la autosecuritización como la securitización tradicional.
  • Compensación de Activos Subyacentes: Se autoriza la compensación de los activos subyacentes con el bono securitizado adquirido por la Originadora. Esto busca evitar el doble cómputo de los activos ponderados por riesgo de crédito en el balance individual del banco.

Estas modificaciones buscan fomentar un entorno regulatorio más favorable para el desarrollo de las autosecuritizaciones y la securitización tradicional en Chile, alineándose con los estándares internacionales y facilitando el acceso a liquidez para los bancos.


9 de mayo de 2025