El valor de referencia y su posible inconstitucionalidad

2026-02-01T12:37:00
España
La utilización del valor de referencia como elemento determinante de la base imponible

El valor de referencia y su posible inconstitucionalidad
1 de febrero de 2026
Tradicionalmente, la valoración de inmuebles a efectos tributarios ha generado una intensa litigiosidad, especialmente en el ámbito del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), cuya base imponible se fijaba según el
valor real del inmueble.

El origen de las controversias radicaba, por un lado, en el hecho de que la Administración determinaba un valor que se alejaba del pactado por dos partes independientes en condiciones normales de mercado. Y, por otro lado, en el método de comprobación de valores empleado por la Administración, que usualmente era el de dictamen de peritos, y que acostumbraba a adolecer de diversos defectos que culminaban en una anulación de la liquidación tributaria por parte de los tribunales.

Ver el artículo completo en: Actualidad Jurídica Aranzadi, n.º 1026, Febrero de 2026, Editorial Aranzadi. 

1 de febrero de 2026