La donación de bienes a entidades del sector educativo con base imponible y tipo del IVA cero

2023-12-13T15:59:00
España
Condiciones y cuestiones conflictivas a considerar
La donación de bienes a entidades del sector educativo con base imponible y tipo del IVA cero
13 de diciembre de 2023
Imaginemos que somos una empresa editorial de libros, revistas y cómics, cuya finalidad es obtener el lucro a través de la venta a título oneroso al público. Sin embargo, con motivo de la política de responsabilidad social corporativa que se acabar de implantar en la empresa, un día el Consejo de Administración acuerda que la empresa realice una donación puntual de libros de texto a una fundación educativa o a una universidad, cuya finalidad de interés general es facilitar el acceso a la educación a menores en riesgo de exclusión social. El valor total de lo que se pretende donar asciende a 50.000,00 euros.

Antes de formalizar la donación, el asesor fiscal de la empresa advierte al Consejo de Administración de que dicha donación conllevará que la sociedad realice un autoconsumo externo de bienes a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), siendo su obligación repercutir a la fundación e ingresar ante la Hacienda Pública un 4,00% de IVA (2.000,00 euros en este caso). Ante la advertencia, el Consejo de Administración se ve en la tesitura de decidir si (i) exigirá a la fundación el IVA del autoconsumo; (ii) si lo asumirá la empresa como mayor liberalidad o; (iii) si, a causa de este IVA inesperado, la donación finalmente no se realizará.

Ver artículo completo en: Informe CYD, 2023. Fundación Conocimiento y Desarrollo, 2023.

13 de diciembre de 2023