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SuscribirmeLas cláusulas contractuales tipo (“SCC”, por sus siglas en inglés) son consideradas una de las garantías adecuadas para la transferencia internacional de datos, de acuerdo con el artículo 46.2 del Reglamento General de Protección de Datos (“RGPD”).
Las SCC fueron actualizadas por la Comisión Europea el 4 de junio de 2021, sustituyendo a las anteriores, que quedaron derogadas a partir del 27 de septiembre de 2021 (puede consultarse más información al respecto en esta publicación). No obstante, los contratos celebrados antes de dicha fecha con arreglo a las SCC derogadas, gozaban de un período transitorio de validez de 15 meses.
Este periodo transitorio finaliza el 27 de diciembre de 2022, fecha en la que ya no resultarán válidos los contratos celebrados con arreglo a las SCC derogadas. En consecuencia, los exportadores e importadores de datos personales deben proceder a la adaptación de dichos contratos a las nuevas SCC de la Comisión Europea, o bien recurrir a otra herramienta establecida en el RGPD para la transferencia internacional de los datos.
Pasos que deben adoptar los exportadores e importadores de datos personales:
- Llevar a cabo una revisión de los contratos existentes para identificar aquellos que implican una transferencia internacional de datos a terceros países con arreglo a las antiguas SCC.
- Identificar el módulo de las nuevas SCC aplicable a dichos contratos e incorporarlo a los mismos, junto con los apéndices correspondientes (puede consultarse más información al respecto en esta publicación).
- Suscribir entre las partes firmantes una versión actualizada del contrato que contenga las nuevas SCC.
- Los importadores deberán alinear sus prácticas de protección de datos con las obligaciones establecidas en las nuevas SCC.
Transferencias internacionales de datos con el Reino Unido:
Las nuevas SCC sólo regulan las transferencias internacionales de datos en la Unión Europea. Tras el Brexit, para las transferencias internacionales de datos con el Reino Unido, los exportadores e importadores pueden basarse en el Acuerdo Internacional de Transferencia de Datos ("IDTA”, por sus siglas en inglés), que entró en vigor el 21 de marzo de 2022, junto con una adenda con arreglo a las nuevas SCC.
Los exportadores e importadores de datos deben incluir el IDTA en los contratos a partir del 21 de septiembre de 2022, y tienen hasta el 21 de marzo de 2024 para actualizar los acuerdos existentes (puede consultarse más información en la publicación International data transfer agreement and guidance de la autoridad de control del Reino Unido).
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