Sentencia relevante sobre la amortización del fondo de comercio internacional

2023-09-29T11:00:00
Unión Europea
El TGUE anula la Decisión de la Comisión que declaró ilícita la amortización del fondo de comercio de adquisiciones indirectas 
Sentencia relevante sobre la amortización del fondo de comercio internacional
29 de septiembre de 2023

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), en sentencia de 27 de septiembre de 2023, asunto T-253/15 (ECLI:EU:T:2023:585) dirigido por CUATRECASAS, ha anulado la Decisión 2015/314 de la Comisión, de 15 de octubre de 2014 ("Tercera Decisión"), por la que se consideró ayuda de Estado el régimen de amortización del fondo de comercio financiero internacional, regulado en el artículo 12.5 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, para las adquisiciones indirectas de participaciones en sociedades no residentes.

El TGUE anula la Tercera Decisión porque las adquisiciones indirectas estaban incluidas, junto a las directas, en las previas Decisiones de 28 de octubre de 2009 ("Primera Decisión", Decisión 2011/5/CE) y 12 de enero de 2011 ("Segunda Decisión", Decisión 2011/282/UE) que declaraban ayuda de Estado el régimen de amortización del fondo de comercio internacional. Por lo tanto, la confianza legítima reconocida en dichas Decisiones también aplicaba a las adquisiciones indirectas de participaciones de sociedades residentes en un estado Miembro de la UE antes del 21 de diciembre de 2007 o de sociedades residentes fuera de la UE previas al 21 de mayo de 2011. 

Aunque la Sentencia es recurrible en casación, el razonamiento del TGUE es muy sólido y recoge diversos argumentos entre los que destacan: por un lado, que las primeras Decisiones, confirmadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), se referían expresamente a adquisiciones indirectas, por lo que la Comisión no puede modificar su criterio inicial; y, por otro lado, que aunque la Comisión pudiera modificar las dos primeras Decisiones, la confianza legítima seguiría surtiendo efectos en las adquisiciones  indirectas.

La Sentencia tiene un gran impacto económico en las empresas españolas que invirtieron en el extranjero y aplicaron dicho régimen. Además, la Sentencia refuerza el principio de seguridad jurídica "que forma parte de los principios generales del Derecho de la Unión, exige que las normas de Derecho sean claras, precisas y de efectos previsibles” (parágrafo 62) y destaca que “en todo Estado de Derecho, las empresas no están obligadas a adoptar la misma interpretación de la ley que aquella que propugna la Administración Tributaria” (parágrafo 77).

29 de septiembre de 2023