¿Podrá Gavi ser jugador del primer equipo del F.C. Barcelona?

2023-03-27T09:17:00
España

El jugador no podrá, al menos por el momento, ser inscrito como jugador de la primera plantilla del Barça

¿Podrá Gavi ser jugador del primer equipo del F.C. Barcelona?
27 de marzo de 2023

Pablo Martín Páez Gavira, “Gavi”, jugador profesional de fútbol, internacional absoluto con la selección española y pieza fundamental del actual F.C. Barcelona, no puede, al menos por el momento, ser inscrito como jugador de la primera plantilla del Barça.

En las últimas semanas han salido diferentes noticias en relación con la disputa judicial que mantienen el F.C. Barcelona y la Liga Nacional de Fútbol Profesional en relación con la inscripción de Gavi y, al menos, por el momento, el pulso parece decantarse a favor de la segunda, como consecuencia de la relevancia que, en nuestro Derecho, tiene el cumplimiento de las normas de carácter procesal.

El hito principal que es origen de la controversia se dio en septiembre de 2022, momento en el que Gavi alcanzó un acuerdo de renovación de su contrato con el F.C. Barcelona, hasta el 30 de junio de 2026.

En este sentido, el conflicto de fondo nos lleva a finales del mes de enero de 2023, con el cierre de la ventana de traspasos del mercado de invierno. El F.C. Barcelona, que había solicitado la inscripción de Gavi como futbolista de la primera plantilla, se encontró con la respuesta negativa de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, que alegó un incumplimiento por el club de las reglas de juego limpio financiero o “fair play.

A partir de esa decisión, se sucedieron una serie de hitos que han permitido al F.C. Barcelona inscribir a Gavi, de manera cautelar, en la primera plantilla del club. Hasta ahora.

Así, unos días antes del cierre de la ventana de traspasos, el F.C. Barcelona interpuso, ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona, una solicitud de medidas cautelares ante demandam e inaudita parte, para la inscripción de Gavi como futbolista de la primera plantilla del Barça. 

El procedimiento cautelar, turnado al Juzgado de lo Mercantil núm. 10 de Barcelona, fue resuelto mediante auto estimatorio de la solicitud de medidas cautelares interpuesta por el F.C. Barcelona, lo que permitió al club inscribir al jugador con ficha del primer equipo, y asignarle el dorsal número 6.

El acceso a la tutela judicial cautelar, cuando se solicita ante demandam e inaudita parte, supone la apertura, conforme a nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil, de dos plazos procesales perentorios.

Por un lado, la Ley prevé un plazo de veinte días, que afecta a la parte solicitante de las medidas cautelares, en este caso, el F.C. Barcelona, para interponer la demanda principal cuya potencial futura estimación se ha asegurado con el otorgamiento de la justicia “cautelar”.

Por otro lado, la Ley prevé, también, un plazo de veinte días para que la parte afectada por las medidas cautelares acordadas pueda oponerse a éstas.

Así, la estimación de unas medidas cautelares solicitadas ante demandam e inaudita parte no solo conlleva la adopción de las medidas solicitadas, en este caso, permitir al F.C. Barcelona la inscripción de Gavi como jugador de la primera plantilla. También supone desdoblar el procedimiento judicial en dos piezas: 

  • la pieza de medidas cautelares, a las cuales puede oponerse la parte demandada, pues éstas han sido estimadas sin haber escuchado sus argumentos de oposición, por motivos de urgencia o necesidad; y

  • el procedimiento principal, en el que el Juez tendrá conocimiento pleno de las pretensiones de la parte demandante.

En este contexto, las últimas noticias publicadas sobre el caso permiten aclarar el estado de ambos procedimientos paralelos:

En relación con la pieza de medidas cautelares, el pasado 13 de marzo de 2023, el Letrado de la Administración de Justicia declaró, mediante decreto, que la demanda del procedimiento principal interpuesta por el F.C. Barcelona, lo había sido una vez expirado el plazo preceptivo de veinte días desde la adopción de las medidas cautelares.

Como indicábamos arriba, el plazo de veinte días es imperativo, por lo que su expiración conlleva la automática pérdida de efectos de las medidas cautelares previamente estimadas.

La decisión del Letrado de la Administración de Justicia ha sido ratificada por el Juzgado, que ha desestimado el recurso interpuesto por la representación procesal del F.C. Barcelona, quedando abierta la vía del recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

En relación con el procedimiento principal, este no se ve afectado por la decisión del Juzgado en sede de medidas cautelares, por lo que seguirá su curso. Será en dicho procedimiento en el que, de manera definitiva, se determinará la procedencia, conforme a las reglas de juego limpio financiero o “fair play”, de la negativa de la Liga Nacional de Fútbol Profesional a inscribir a Gavi como futbolista de la primera plantilla del F.C. Barcelona.

Como hemos tratado de aclarar, no existe, en estos momentos, una decisión definitiva y firme, que determine que Gavi podrá ser, o no, inscrito con ficha en el primer equipo del Barça. No obstante, los últimos hitos conocidos del caso permiten subrayar la relevancia del derecho adjetivo frente al sustantivo en cuestiones relacionadas con el deporte profesional, que requiere de soluciones más rápidas que los tiempos que maneja, en general, la Justicia ordinaria.

Estaremos pendientes de las siguientes actuaciones procesales que lleven a cabo, tanto el F.C. Barcelona, como la Liga Nacional de Fútbol Profesional, si bien parece que, al menos por ahora, Gavi tendrá que volver a ser inscrito con ficha del equipo filial y dejar vacante el dorsal número 6.

27 de marzo de 2023