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SuscribirmeEl 25 de febrero de 2026, la Comisión Europea y el Reino Unido suscribieron el Acuerdo de Cooperación UE–Reino Unido en materia de competencia —EU-UK Competition Cooperation Agreement—. Este Acuerdo representa el primer acuerdo complementario al Acuerdo de Comercio y Cooperación UE-Reino Unido —EU-UK Trade and Cooperation Agreement— suscrito en 2020 tras el Brexit, y establece un marco de cooperación específico en materia de competencia.
Este Acuerdo de Cooperación se suma a otros acuerdos que la Unión Europea (UE) ya había suscrito con otras jurisdicciones, si bien presenta una particularidad relevante que lo distingue de acuerdos anteriores: no solo regula la cooperación de la Competition and Markets Authority (CMA) y la Comisión Europea, sino también con las autoridades nacionales de competencia de los demás Estados miembros de la UE. Este aspecto es un reflejo del estrecho vínculo existente entre las autoridades de competencia en el territorio de la UE.
Contenido del Acuerdo
Entre las medidas que prevé el Acuerdo de Cooperación para una aplicación más efectiva de la normativa de competencia cabe destacar:
- La notificación mutua de investigaciones significativas en materia de competencia (ya se trate de conductas restrictivas de la competencia o de operaciones de concentración).
- La coordinación en actuaciones operativas de las diferentes autoridades de competencia, como, por ejemplo, en materia de inspecciones domiciliarias.
- El intercambio de información con garantías reforzadas respecto de su tratamiento confidencial, incluyendo la necesidad de contar con el consentimiento de las empresas afectadas.
La entrada en vigor del Acuerdo de Cooperación requerirá que ambas partes completen los respectivos procedimientos de ratificación.
Implicaciones
El Acuerdo de Cooperación establece mecanismos de cooperación reforzada entre instituciones que comparten un pasado común, recuperando así un marco general que facilite un enfoque y una aplicación más coherente y efectiva de la normativa de competencia.
Desde la perspectiva de las empresas, resultará conveniente tener en cuenta este nuevo marco de colaboración institucional, especialmente en contextos de concentraciones empresariales con efectos transfronterizos o investigaciones relativas a conductas restrictivas que afecten a ambos mercados.
Para más información, no dudes en contactar con nuestros especialistas de Cuatrecasas a través del Área de Conocimiento e Innovación.
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