Corte Suprema revierte interpretación sobre el ilícito de interlocking

2026-03-23T13:11:00
Corte Suprema adopta interpretación restrictiva limitando el ilícito al interlocking directo y excluyendo personas jurídicas 

Corte Suprema revierte interpretación sobre el ilícito de interlocking
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23 de marzo de 2026

Aspectos clave

  • EI articulo 3 letra d) del Decreto Ley N°211 prohíbe “la participación simultánea de una persona en cargos ejecutivos relevantes o de director en dos o más empresas competidoras entre sí”, cuando los grupos empresariales al que pertenece cada empresa superen cierto umbral de ventas.
  •  En 2025, el H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia se pronunció por primera vez sobre este ilícito, conocido como “interlocking”.
  • El Tribunal interpretó que la prohibición abarca tanto el interlocking directo (entre sociedades que compiten directamente en el mismo mercado) como formas de interlocking indirecto (cuando la relación competitiva se da a través de matrices o filiales), y que tanto las empresas como los directores o ejecutivos relevantes pueden ser sancionados por esta infracción.
  •  Las sentencias de la Corte Suprema revierten esta interpretación, concluyendo que la norma se debe aplicar restrictivamente, que ella solo sanciona el interlocking directo, y que sólo puede ser sancionado el director o ejecutivo —es decir, la persona natural— que incurre en la infracción.
  • Sin perjuicio de ello, la Corte Suprema reconoce que tanto la conducta de las empresas como casos de interlocking indirecto pueden constituir infracciones a la libre competencia, de acreditarse efectos anticompetitivos.
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23 de marzo de 2026