La Comunidad de Madrid ha aprobado la Ley 3/2026, de 30 de junio, de Apoyo a la Empresa Familiar, que incluye modificaciones relevantes en la normativa autonómica en materia de tributos cedidos por el Estado.
Las modificaciones afectan a las diferentes reducciones autonómicas en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), siendo las modificaciones de mayor calado las relativas a las reducciones por adquisición mortis causa e inter vivos de participaciones en entidades y por adquisición mortis causa e inter vivos de empresas individuales o negocios profesionales.
La Ley aprobada resultará aplicable a los hechos imponibles —herencias o donaciones—devengados a partir del 1 de julio de 2026.
Destacamos
- Se incrementa el porcentaje de reducción al 99 % para adquisiciones mortis causa e inter vivos de participaciones en entidades, empresas individuales y negocios profesionales.
- Se amplía el perímetro de grupo familiar a efectos del cómputo de la participación conjunta del 20 % en el capital de entidades.
- En las adquisiciones de participaciones en entidades: (i) se flexibiliza el cumplimiento del requisito de funciones de dirección remuneradas y (ii) se amplía el alcance de la reducción mediante la aplicación de la regla de la patrimonialidad sobrevenida respecto de la tesoreria, valores y activos financieros.
- En las adquisiciones de empresas individuales o negocios profesionales: (i) se mejora el requisito de principal fuente de renta exigible al causante/donante; (ii) no se exige en sede del donante ni el requisito de edad mínima o discapacidad ni el de cese en el ejercicio de funciones de dirección remuneradas; y (iii) se fija un plazo de 5 años de mantenimiento de los bienes y derechos adquiridos y su afectación a la actividad.
En el presente Legal Flash se analizan las principales modificaciones aprobadas.
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