Reforma a las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI

2026-08-11T08:37:00
México
Nuevas obligaciones exigibles entre 2027 y 2028 para quienes realizan Actividades Vulnerables
Reforma a las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI
11 de agosto de 2026

El 7 de agosto de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo 115/2026, que modifica las Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) y hace operativas las obligaciones incorporadas por la reforma a la Ley de julio de 2025 y a su Reglamento de marzo de 2026. 

Aspectos Clave

  • Enfoque basado en riesgos. Quienes realizan actividades vulnerables deberán diseñar e implementar una metodología propia de evaluación de riesgos, documentarla en su Manual de Políticas Internas y mantenerla a disposición de las autoridades.
  • Clasificación de clientes y beneficiario controlador. Se incorpora la obligación de clasificar a cada cliente o usuario en grados de riesgo bajo, medio y alto, definir su perfil transaccional e identificar al beneficiario controlador conforme a un orden de prelación, con un umbral de participación del 25%.
  • Manual, capacitación, sistemas y auditoría. Se regulan como capítulos autónomos el Manual de Políticas Internas, los programas anuales de capacitación y selección de personal, los mecanismos automatizados de monitoreo y una auditoría anual con dictamen.
  • Entrada en vigor escalonada. El Acuerdo entra en vigor el 30 de noviembre de 2026, pero las obligaciones sustantivas se vuelven exigibles de forma escalonada entre marzo de 2027 y el ejercicio 2028.

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11 de agosto de 2026