Claves de la Orden de Cotización 2026 para las empresas

2026-04-01T11:24:00
España

Nuevos costes de Seguridad Social, tarifa AT/EP por CNAE-2025 y plazos de regularización

Claves de la Orden de Cotización 2026 para las empresas
1 de abril de 2026

El BOE de 31 de marzo ha publicado la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026.

La norma se dicta en un contexto de prórroga automática presupuestaria desde el 1 de enero de 2026, aplicándose el marco de bases y tipos establecido en la Ley 31/2022, de Presupuestos Generales de 2023, y sus actualizaciones para 2026.

Tras la derogación parlamentaria del Real Decreto-ley 16/2025, la Orden se articula apoyándose en el Real Decreto-ley 3/2026, cuyo artículo 3 fija las referencias sobre bases mínimas y máximas, topes, MEI y cotización adicional de solidaridad hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2026. Al respecto puede consultarse nuestro Post | Nuevos topes y bases de cotización a la Seguridad Social para 2026.

La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (1 de abril), con efectos desde el 1 de enero de 2026.

Las principales novedades de interés para las empresas que incorpora la nueva Orden dejan así las bases y tipos aplicables en 2026:

A) Bases de cotización por contingencias comunes: nuevo tope máximo

  • Incremento del tope máximo de cotización: el tope máximo de base en el Régimen General es de 5.101,20 euros/mes desde el 1 de enero de 2026, frente a los 4.909,50 euros/mes, vigentes en 2025. El tope mínimo para AT/EP equivale al salario mínimo interprofesional vigente incrementado en un sexto, sin poder ser inferior a 1.424,40 euros/mes salvo disposición expresa en contrario.
  • La tabla de bases por grupos de cotización queda recogida en el artículo 3 de la Orden.

 B) Tipos de cotización por contingencias comunes: sin cambios 

  • El tipo por contingencias comunes se mantiene sin variación respecto al ejercicio 2025, en el que regía el mismo porcentaje: 28,30 %, del que el 23,60 % es a cargo de la empresa y el 4,70 % es a cargo de la persona trabajadora.
  • Tampoco varía la cotización por horas extraordinarias: las motivadas por fuerza mayor siguen cotizando al 14 % (12 % a cargo de la empresa y 2 % a cargo de la persona trabajadora), y el resto de las horas extraordinarias mantienen su cotización al 28,30 % (23,60 % empresa y 4,70 % persona trabajadora).

 C) Contingencias profesionales (AT/EP): nueva tarifa de primas adaptada a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)-2025

Para la cotización por contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) se aplican los tipos de la tarifa de primas de la disposición adicional 61.ª del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), introducida por el Real Decreto-ley 3/2026, siendo el coste íntegramente a cargo de la empresa.

  • Esta es la novedad de mayor calado para las empresas en materia de cotización por AT/EP. La tarifa se actualizó con carácter urgente como consecuencia de la aprobación de la CNAE-2025 (aprobada por Real Decreto 10/2025, de 14 de enero) y se integró en la LGSS como disposición adicional para evitar la dispersión normativa que suponía su regulación fuera de dicho texto.
  • Régimen transitorio y riesgo para las empresas que no hayan comunicado su código CNAE-2025: Si el sujeto responsable no ha comunicado a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) el código CNAE-2025, se aplicará, respecto de las liquidaciones correspondientes a períodos de liquidación desde enero de 2026, el tipo de cotización superior entre todos los posibles, es decir, el más alto de los aplicables a la totalidad de los códigos de la CNAE-2025 que guarden correspondencia con el código de la CNAE-2009 utilizado con anterioridad. La comunicación posterior a la TGSS del código CNAE-2025 únicamente surtirá efectos a partir del período de liquidación del mes siguiente, sin efecto retroactivo. Esta regla tiene una relevancia operativa directa: la empresa que no haya comunicado su código CNAE-2025 antes del 1 de enero de 2026 incurrirá en un sobrecoste de cotización por AT/EP no recuperable. Por ello, resulta prioritario que las empresas verifiquen y comuniquen su código CNAE-2025 a la TGSS.

 D) Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): incremento del tipo

  • Aplicando la previsión contenida en la Disposición Transitoria 43ª de la LGSS, en el Régimen General, el MEI pasa a ser del 0,90 % (0,80 % en 2025) sobre la base de cotización por contingencias comunes, del que el 0,75 % es a cargo del empleador (en 2025, era el 0,67 %) y el 0,15 % (en 2025, era el 0,13%) es a cargo de la persona trabajadora. 

E) Cotización adicional de solidaridad: actualización de tramos y tipos 

  • La cotización adicional de solidaridad aplica sobre el exceso de rendimientos del trabajo por cuenta ajena sobre la base máxima de cotización, con tres tramos y tipo progresivo.
  • De acuerdo con el incremento progresivo que regula la Disposición Transitoria 42ª de la LGSS, los tipos aplicables en 2026 en el Régimen General pasan a ser los siguientes: (i) tramo 1: antes el 0,92 %, ahora el 1,15 % (0,96 % empresa / 0,19 % persona trabajadora) sobre la parte de retribución comprendida entre 5.101,21 € y 5.611,32 €; (ii) tramo 2: antes el 1,00 %, ahora el 1,25 % (1,04 % empresa / 0,21 % persona trabajadora) sobre la parte comprendida entre 5.611,33 € y 7.651,80 €; (iii) tramo 3: antes el 1,17%, ahora el 1,46 % (1,22 % empresa / 0,24 % persona trabajadora) sobre la parte que supere 7.651,80 €. 

F) Desempleo, FOGASA y Formación Profesional: sin cambios 

  • La Orden mantiene para 2026 los tipos del ejercicio anterior. 

Por otra parte, para los contratos de duración determinada inferior a 30 días, la cotización adicional fija establecida pasa a ser de 33,62 euros (en 2025, eran 32,60 euros) a cargo exclusivo de la empresa.

En cuanto a la cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), la novedad más significativa para 2026 es la actualización de las bases máximas de los tramos 11 y 12 de la general. Desde el 1 de enero de 2026, con independencia de los rendimientos netos obtenidos por las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, la base máxima de cotización será de 5.101,20 euros mensuales (en 2025 era de 4.909,50 euros/mes), en coherencia con la actualización del tope máximo del Régimen General (art. 18 de la Orden). Asimismo, se ha actualizado el límite de la cuantía para el reintegro de cotizaciones a las personas trabajadoras autónomas en situación de pluriactividad (en 2026 serán 17.323,68 euros, en 2025 fueron 16.672,66 euros).

El ejercicio 2026 consolida una tendencia de encarecimiento progresivo del coste laboral ligado a la Seguridad Social, con tres vectores simultáneos de impacto: el incremento del tope máximo de cotización, la subida del tipo del MEI y el aumento de la cotización adicional de solidaridad.

Por otra parte, la transición de la CNAE-2009 a la CNAE-2025 introduce un riesgo operativo de primer orden: las empresas que no hayan comunicado su código CNAE-2025 a la TGSS antes del 1 de enero de 2026 se verán automáticamente sujetas al tipo de cotización AT/EP más alto entre todos los aplicables a los códigos CNAE-2025 que guarden correspondencia con su antiguo código CNAE-2009, sin que la comunicación posterior tenga efecto retroactivo.

Ante estos cambios, las empresas deben adoptar de forma inmediata las siguientes medidas: 

1.    Verificar el tipo AT/EP aplicable con la nueva CNAE-2025 y comunicarlo a la TGSS si no se ha hecho todavía.

2.   Regularizar las diferencias de cotización de enero a marzo de 2026. La Disposición Transitoria Primera de la Orden establece plazos específicos sin recargo para el ingreso de las diferencias resultantes de la aplicación retroactiva de sus previsiones desde el 1 de enero de 2026.

3.   Actualizar los sistemas de cálculo de nóminas conforme a los nuevos parámetros.

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1 de abril de 2026