Suspensión provisional del salario mínimo decretado para 2026

2026-02-13T21:33:00
Colombia

Implicaciones legales y recomendaciones prácticas para las empresas

Suspensión provisional del salario mínimo decretado para 2026
13 de febrero de 2026
El pasado 12 febrero de 2026, el Consejo de Estado adoptó la decisión de suspender provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, que fijó el salario mínimo para 2026 en $1.750.905 (un incremento del 23%). Esta publicación analiza las implicaciones prácticas derivadas de dicha decisión y detalla las medidas que su empresa debería considerar en preparación para la sentencia definitiva.

1. Explicación general del fallo


El Consejo de Estado precisa que, aunque el Gobierno mencionó los criterios legales para fijar el salario mínimo (inflación, productividad, PIB, entre otros), en la práctica basó su decisión principalmente en el concepto de "salario vital" de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sin explicar claramente cómo cada factor influyó en la determinación de un incremento del 23%.

Como resultado, el Consejo de Estado adoptó dos (2) decisiones principales:

  • Suspendió provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, al considerar que existe una aparente violación de las reglas establecidas en la Ley 278 de 1996 para fijar el salario mínimo.
  • Ordenó al Gobierno expedir, dentro de los ocho (8) días calendario posteriores a la notificación del fallo, un nuevo Decreto transitorio que establezca un salario mínimo provisional. Este salario mínimo estará vigente mientras se decide de manera definitiva sobre la legalidad del Decreto 1469 de 2025.

Asimismo, aclaró que la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025 no tendrá impacto sobre las obligaciones ni derechos generados o pagados con base en el salario mínimo de 2026, que se hayan causado antes del 12 de febrero de 2026. 

2. ¿Pausa temporal o eliminación definitiva? Lo que debe saber sobre esta decisión

Es fundamental entender que lo ocurrido no es una anulación del Decreto, sino una suspensión provisional. A continuación, las principales diferencias entre ambas figuras:

3.   Aplicación práctica respecto al Decreto 1469 de 2025

Efectos diferidos de la suspensión

La suspensión no opera de inmediato. El Consejo de Estado estableció un efecto transitorio:

  • Hasta que se publique el nuevo Decreto transitorio: Continúa vigente el salario mínimo de $1.750.905.
  • Desde la publicación del nuevo Decreto: Entra a regir el nuevo salario mínimo transitorio y el Decreto 1469 queda sin efectos hacia el futuro. 

4. Aplicación práctica a prestaciones sociales

El fallo del Consejo de Estado deja aclara que todos los pagos y obligaciones realizados o generados con base en el salario mínimo de $1.750.905 antes de la expedición del nuevo Decreto conservan su plena validez jurídica. 

Esto significa que no será necesario efectuar ajustes, reliquidaciones ni devoluciones de los valores ya pagados bajo dicho salario mínimo. Las empresas pueden tener la tranquilidad de que las operaciones efectuadas antes de la suspensión del Decreto mantienen su legitimidad.

Sin embargo, a partir de la entrada en vigor del nuevo Decreto que establezca un salario mínimo provisional, los empleadores estarán obligados a calcular y pagar las prestaciones sociales (primas, cesantías, intereses a las cesantías y vacaciones, entre otras) y los aportes a la seguridad social (pensiones, salud, ARL y cajas de compensación) con base en el nuevo salario mínimo fijado por dicha normativa.

5. Recomendaciones específicas para clientes

13 de febrero de 2026