2022-03-01T13:22:00
España
Comentario a los artículos 163 a 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital
Clases de juntas
1 de marzo de 2022

Desde 1951, la ley distingue entre Juntas ordinarias y extraordinarias, de acuerdo con un criterio que se ha mantenido como particularidad del Derecho español. Y ello no tanto por el hecho de que las juntas sean divididas en ordinarias y extraordinarias (que puede apreciarse en otros ordenamientos de nuestro entorno), sino por la singularidad con que se articulan los criterios temporales y de contenido que sirven para calificar una y otra, según se desprende de lo dispuesto en los dos preceptos posteriores de la Ley de Sociedades de Capital (LSC). 

Ver el capítulo completo en: La Junta General de Sociedades de Capital. Comentario de los artículos 159 a 208 LSC. 1ª edición, marzo 2022.

1 de marzo de 2022