Protección legal para los influencers menores de edad en Francia

2020-11-20T06:58:00
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La estrella de YouTube mejor pagada en 2019 fue un niño de 8 años, cuyas ganancias ascendieron a 26 millones de dólares.

Protección legal para los influencers menores de edad en Francia
20 de noviembre de 2020

La presencia de menores en redes sociales es un fenómeno creciente, hasta el punto de que –según un ranking de Forbes– la estrella de YouTube mejor pagada en 2019 fue un niño de 8 años, cuyas ganancias ascendieron a nada menos que 26 millones de dólares.

Tratando de hacer frente a los peligros y retos que el empleo de menores con fines comerciales conlleva, y de remediar el vacío legal existente, Francia acaba de promulgar una normativa específica, mediante la Ley n° 2020-1266, de 19 de octubre de 2020, sobre la explotación comercial de la imagen de menores de dieciséis años en las plataformas en línea. La nueva regulación, cuya entrada en vigor está prevista para abril de 2021, trata de evitar la explotación, también por parte de sus progenitores, de influencers menores de edad en las plataformas. Con ello busca otorgar a estos influencers la protección que la normativa laboral dispensa a los actores y modelos menores de edad.

De acuerdo con nueva Ley, que modifica el código laboral francés, toda persona, incluidos los progenitores, que grabe vídeos en los que aparezca como sujeto principal un menor de 16 años con la intención de monetizarlo en plataformas de intercambio de vídeos deberá obtener una autorización previa de la autoridad administrativa competente, bajo pena de sanción.  

La norma establece asimismo que, en el supuesto de que los ingresos (directos e indirectos) derivados de la difusión de estos contenidos superen los umbrales que a tal efecto establezca el Consejo de Estado, los progenitores deberán declarar las actividades de sus hijos y, en su caso, consignar las ganancias (o parte de ellas) en la Caisse des dépôts et consignations, fondo que las administrará hasta que el menor cumpla la mayoría de edad. Además, obliga a conciliar las horas de grabación con el horario escolar de los menores.

La regulación se refiere también a los anunciantes que emplacen en un programa audiovisual difundido en una plataforma de intercambio de vídeo un producto (o vídeo) cuyo tema principal sea un menor de 16 años. Se exige a estos anunciantes comprobar si el dinero derivado de la comercialización del vídeo en el que aparezca el menor se destina a la persona responsable de su emisión o, según dispone la ley, a la cuenta bloqueada del menor, enfrentándose en caso contrario a sanciones económicas. 

Las plataformas de intercambio de vídeos, por su parte, deberán asegurarse de que los niños reciben información adecuada sobre sus derechos, tratando igualmente de concienciarlos sobre el impacto psicológico y legal que puede tener la publicación de su imagen en línea. También deberán facilitar a los menores de 16 años la posibilidad de pedir la retirada de los vídeos en los que aparezcan, incluso sin la autorización previa de sus progenitores.

Autores: Ana Sánchez y Miquel Peguera

20 de noviembre de 2020