La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha emitido un comunicado sobre cuestiones relativas a la divulgación de información y la protección de inversores respecto de las SPAC

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha emitido un comunicado sobre cuestiones relativas a la divulgación de información y la protección de inversores respecto de las SPAC
La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha emitido un comunicado sobre cuestiones relativas a la divulgación de información y la protección de inversores respecto de las SPAC (sociedades cotizadas con propósito para la adquisición, por sus siglas en inglés: “Special Purpose Acquisition Company”).
A raíz de la creciente actividad de las SPAC en la UE, la ESMA ha emitido un comunicado para facilitar un control coordinado por parte de las autoridades nacionales competentes (ANC) cuando exista la obligación de publicar un folleto. Normalmente, los folletos deberán ser aprobados por la ANC en el marco de la admisión a cotización de las acciones de la SPAC en un merado regulado y/o en relación con cualqueir oferta pública de dichas acciones. La ESMA también ha planteado ciertas cuestiones en materia de divulgación de información relevantes para la protección de los inversores cuando no se requiere folleto, y específicamente en relación con la operación denominada DeSPAC (es decir, la combinación de negocios de la SPAC con un objetivo).
Pese a que el contenido del folleto de la OPV puede variar en función del derecho mercantil y societario aplicable, así como de las prácticas del mercado, la ESMA entiende que las ANC deben concentrarse, entre otros, en los siguientes requisitos en materia de divulgación de información:
Con el objetivo de que los inversores puedan realizar una evaluación informada del emisor y los valores, las ANC también deberían exigir información adicional sobre los siguientes aspectos no expresamente previstos en el Reglamento de folletos: la futura remuneración de los promotores y sus funciones después del DeSPAC; posibles cambios en el gobierno corporativo tras dicha operación; así como posibles escenarios en caso de que los promotores no logren llevar a cabo el DeSPAC (incluida la disolución del emisor y su exclusión de la negociación).
La ESMA también señala la importancia de una correcta aplicación de los requisitos en materia de gobernanza de producto con arreglo a la MiFID II por parte de los responsables del diseño y la distribución de las acciones y warrants de la SPAC. La ESMA entiende que la estructura de las operaciones de las SPAC es compleja y puede no ser adecuada para todos los inversores. Por tanto, los responsables del diseño y la distribución de este producto deben valorar si resulta conveniente excluir a los inversores minoristas.
La ESMA y las ANC seguirán supervisando la actividad de las SPAC en la UE para valorar ulteriores iniciativas dirigidas a proteger a los inversores.
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