La Hacienda Foral de Bizkaia publica los criterios de control tributario

2024-02-07T16:30:00
España

La Hacienda Foral de Bizkaia anuncia que puede requerir la documentación sobre operaciones vinculadas

La Hacienda Foral de Bizkaia publica los criterios de control tributario
7 de febrero de 2024

Mediante la Resolución 32/2024, de 10 de enero, la Dirección General de Hacienda de Bizkaia ha publicado los criterios que informan su Plan de lucha contra el fraude para el año 2024.

Si bien la Resolución de este año mantiene, con carácter general, los criterios previstos en la Resolución 8/2023 para el año 2023 existen diferencias que cabe destacar. Por un lado, están las referencias a nuevos modelos y obligaciones de información que se han introducido durante 2023 (como serían la información requerida por los operadores de plataformas o sobre monedas virtuales). Por otro lado, para el año 2024, se incluyen nuevos aspectos a verificar por la Administración:

  • Aplicación correcta de las reducciones en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades (IS) por la explotación de la propiedad intelectual o industrial
  • Análisis de los repartos de dividendos de sociedades que hayan tributado anteriormente de acuerdo con las disposiciones previstas en el IS para las sociedades patrimoniales.
  • Análisis de los casos de sociedades que tengan centros de trabajo en Bizkaia, con un número relevante de personas trabajadoras, y no hayan presentado en el territorio de Bizkaia declaración del Impuesto sobre Sociedades ni del Impuestos sobre el Valor Añadido (IVA).
  • Control de los créditos fiscales generados por grupos fiscales para conocer qué entidades integrantes del grupo han contribuido a la formación de estos créditos y en qué proporción.
  • Requerimientos a los grupos mercantiles para la aportación de la documentación relativa a operaciones vinculadas, con el fin de analizar su contenido y de verificar la adecuada elección de los métodos de valoración, así como la idoneidad de los parámetros utilizados en su aplicación.

Como se puede comprobar, existen nuevas áreas de interés para la Diputación Foral, destacando especialmente el apartado relativo a los requerimientos de aportación de la documentación de operaciones vinculadas. Sobre este particular, cabe señalar que la documentación debe estar a disposición de la Administración desde la finalización del plazo de presentación de la declaración del IS, con lo que, a fecha de hoy para las sociedades cuyo ejercicio coincida con el año natural, debería estar disponible la documentación referente al ejercicio 2022 y durante el año 2024 se deberá tener lista la referente a 2023. Recordemos que las sanciones por falta de documentación pueden ser elevadas, aunque no procedan ajustes valorativos, por lo que la falta de atención de estos requerimientos puede tener un coste significativo.

7 de febrero de 2024