SEA publica criterio de evaluación ambiental para proyectos de Data Center

2026-01-22T08:53:00
Chile
SEA define nuevos lineamientos para la evaluación ambiental de Data Centers en Chile
SEA publica criterio de evaluación ambiental para proyectos de Data Center
22 de enero de 2026

Con fecha 20 de enero de 2026 el Servicio de Evaluación Ambiental (“SEA”) publicó la Resolución Exenta N° 20269910149, a través de la cual informa de la elaboración del “Criterio de evaluación en el SEIA: introducción a proyectos de data center” (“Criterio SEIA”), que uniforma lineamientos técnicos y procedimentales para la evaluación ambiental de estos proyectos en Chile.

Se enmarca en el Plan Nacional de Data Centers 2024-2030 y busca otorgar certeza regulatoria. Así, introduce y sistematiza los elementos clave de los proyectos de data center (“Data Center”), indicando sus principales partes, obras y equipamientos. Además, identifica impactos ambientales frecuentes por fase y entrega consideraciones para planes de prevención de contingencias y de emergencia. Se clasifica a los Data Center por función en Enterprise, Colocation, Modulares e Hyperscale, y adicionalmente describe categorías por tamaño y potencia.

Respecto a las tipologías de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“SEIA”), se aclara que los proyectos de Data Centers no tienen una tipología expresa de ingreso por lo que su pertinencia de ingreso debe analizarse caso a caso según las obras o acciones asociadas a su ejecución.

Las principales hipótesis de ingreso al SEIA que el Criterio SEIA identifica son:

  • Infraestructura eléctrica:
    El ingreso se configura por líneas de transmisión de alto voltaje, entendiéndose como tales aquellas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a 23 kV y, una vez que entre en vigencia el Decreto Supremo 17/2025, se entenderá por aquellas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a 23 kV y cuyo trazado presente una longitud superior a 2 km.
  • Generación y grupos electrógenos:
    Se distingue entre grupos electrógenos de emergencia (operan ante corte o pruebas) y grupos de respaldo (funcionamiento prolongado, por ejemplo, horas punta de invierno). La eventual configuración de la tipología por centrales generadoras mayores a 3 MW depende del caso en particular, y corresponde al titular ponderar si su unidad generadora configura dicha tipología. Precisa, además, que las subestaciones reductoras de voltaje asociadas a Data Centers (a nivel de transporte) no deben ser consideradas para efectos de evaluar su ingreso al SEIA en virtud del literal b.2. del artículo 3 del Reglamento del SEIA. 
  • Manejo y almacenamiento de sustancias inflamables:
    Los Data Center requieren almacenar y utilizar distintas sustancias peligrosas, especialmente vinculadas a su sistema energético de respaldo y a los equipos de climatización. Entre las más relevantes destacan los combustibles líquidos (diésel) para los grupos electrógenos, y refrigerantes. Conforme a lo anterior, podrían configurar la tipología de ingreso según el artículo 3° del Reglamento del SEIA, los proyectos de Data Center que incluyan las obras y acciones que se señalan en el literal ñ.3., el que aplica a la “producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a 80.000 kg/día. También podrían configurar la tipología de ingreso al SEIA los proyectos que dispongan de una “capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a 1.000 t.”, una vez que entre en vigencia el Decreto Supremo 17/2025.

Adicionalmente, el Criterio SEIA aborda otros aspectos relevantes, como los Permisos Ambientales Sectoriales ("PAS") aplicables y las obligaciones derivadas de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor ("Ley REP"), especialmente en relación con la importación directa de equipos o su adquisición en el mercado local.

Finalmente, se establece que el Criterio SEIA entrará en vigencia a contar de la publicación de un extracto de su resolución exenta en el Diario Oficial. No obstante, los proyectos que ya se encuentren en evaluación podrán acogerse voluntariamente a sus directrices.

22 de enero de 2026