Incremento de las cotizaciones a la Seguridad Social

2023-03-21T13:31:00
España

Se cotizará más por el MEI, por solidaridad y por las prácticas formativas

Incremento de las cotizaciones a la Seguridad Social
21 de marzo de 2023

En los próximos años, las empresas, profesionales autónomos y personas asalariadas en España afrontarán un incremento progresivo de sus cotizaciones a la Seguridad Social. Se trata de cambios de gran impacto en las empresas, introducidos por el reciente Real Decreto-ley 2/2023, publicado en el BOE de 17 de marzo, si bien sus efectos van a verse mitigados inicialmente, como veremos, por su aplicación gradual.

En primer lugar, desde 1 de octubre de 2023, las empresas que acojan alumnos/as (universitarios o de FP) para realizar prácticas formativas o académicas externas no remuneradas, pasarán también a estar obligadas, respecto a tales alumnos/as, al alta y cotización en el Régimen General de la Seguridad Social (hasta el momento solo las prácticas remuneradas daban lugar a estas obligaciones). En concreto, en los meses de octubre a diciembre de 2023, la cuota empresarial por cada día de alta será de 2,36 € por contingencias comunes (con el límite mensual de 53,59 €) y de 0,29 € por contingencias profesionales (con el límite mensual de 53,59 €).

En segundo lugar, a partir de enero de 2024, todas las empresas advertirán un incremento de sus cotizaciones a la Seguridad Social, que llegará por dos vías:

  • Por una parte, a través de la subida de la cotización adicional del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que también afecta a los profesionales autónomos, cuya vigencia se extiende hasta 2050 y que seguirá una progresión ascendente, desde el 0,6% en 2023 hasta el 1,2 a partir de 2029.
  • Por otra parte, a través de la elevación de las bases máximas de cotización de las personas trabajadoras con salarios más altos, topados en su cotización a la Seguridad Social, que se verán actualizadas en el mismo porcentaje que se aplique a la revalorización de las pensiones contributivas.

Finalmente, desde enero de 2025, entrará en vigor una nueva “cotización adicional de solidaridad”, que penalizará la presencia en la empresa de empleados/as con salarios más altos, ya que se activará cuando el importe de las retribuciones que perciba la persona trabajadora supere el importe de la base máxima de cotización fijada cada año por la LPGE.

Se trata de una cuota adicional (a distribuir entre empresa y persona trabajadora en la misma proporción que la cotización por contingencias comunes, y no computable a efectos de prestaciones), aplicada sobre la parte de retribución que sobrepase la base máxima, y cuyo importe variará en función del tramo de sobre-retribución de que se trate. Se incrementará gradualmente hasta completarse en 2045 con un tipo que será del 5,5%, el 6% y el 7%, dependiendo del indicado tramo.

21 de marzo de 2023