Cambios en las reducciones de jornada y las bajas por IT

2026-10-30T14:21:00
España
Qué novedades trae el RDL 31/2026 y cómo afectan a las empresas
Cambios en las reducciones de jornada y las bajas por IT
30 de octubre de 2026

Para muchas empresas, las reducciones de jornada por guarda legal y las bajas por incapacidad temporal (IT) requieren ajustes organizativos y una adecuada planificación de costes: obligan a reorganizar turnos y cubrir ausencias y, en el caso de la IT, a asumir el subsidio de los días 4 a 15 de las bajas por contingencias comunes y, con frecuencia, los complementos pactados en convenio. El Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre (BOE de 21 de octubre) introduce nuevos ajustes en el marco regulador de ambas materias.

Reducción de jornada por cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave

Hasta ahora, la prestación se reconocía a uno solo de los progenitores y el empleador podía limitar el ejercicio simultáneo del derecho por razones justificadas de funcionamiento cuando ambos progenitores trabajaban en la misma empresa. A partir del 23 de octubre de 2026, el art. 37.6 del Estatuto de los Trabajadores (ET) reconoce el derecho a ambos progenitores por el mismo causante «de forma alternativa o simultánea», admite varios causantes en la misma familia, amplía el supuesto a la hospitalización «o» tratamiento continuado y permite prolongarlo más allá de los 26 años si existe una discapacidad igual o superior al 65 % o grado III de dependencia. En caso de disfrute simultáneo, cada progenitor percibirá un subsidio del 50 % de su base reguladora.

Asimilación a contingencia profesional en catástrofes

La nueva disposición adicional 64.ª de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) habilita a las normas con rango de ley que se aprueben para dar cobertura extraordinaria tras un suceso o acontecimiento catastrófico a asimilar a contingencia profesional las prestaciones de Seguridad Social asociadas al evento, señaladamente IT, incapacidad permanente y muerte y supervivencia. El efecto no es neutro: la base reguladora pasará a ser más alta (al incorporar horas extraordinarias), no se exigirá período de cotización previo, cambiará el régimen de pago (sin tramo de los días 4 a 15 a cargo de la empresa) y, según la redacción del convenio aplicable, podrían surgir dudas sobre la activación de la mejora voluntaria de IT.

Incapacidad temporal (IT)

La base reguladora del subsidio de IT se calculaba, hasta ahora, tomando la base de cotización de la persona trabajadora del mes anterior a la baja. En caso de IT por contingencias comunes, la empresa abonaba la prestación correspondiente a los días 4 a 15. Para los procesos iniciados desde el 1 de diciembre de 2026: (i) se tomará, como regla general, la cotización de dos meses atrás (el mes inmediatamente anterior al mes previo al del hecho causante); (ii) se añaden dos situaciones especiales de IT (trastorno menopáusico secundario y lesiones por violencia de género) que, como las demás situaciones especiales, se abonan a cargo de la entidad gestora o colaboradora desde el día siguiente a la baja, de modo que la empresa solo paga el salario del día de la baja.

La norma introduce, además, otros cambios en la gestión de la IT: una reducción del 75 % de las cuotas empresariales por contingencias comunes durante la IT de las personas trabajadoras que hayan cumplido 62 años, sin sujeción a los requisitos generales de los beneficios en la cotización; la supresión del período mínimo de cotización en la mayoría de las situaciones especiales de IT; y la elevación a rango legal de las reglas de cálculo de la base reguladora, incluidas las aplicables a las altas recientes en la empresa.

En suma, se trata de cambios normativos no menores, ya que, por ejemplo, al desaparecer la facultad de limitar el ejercicio simultáneo del indicado derecho a la reducción de jornada, la posibilidad de oposición empresarial queda muy limitada. Ante la posibilidad de reducciones simultáneas, las empresas deberán articular planes de cobertura y una negociación documentada de la concreción horaria.

En IT, el ahorro del tramo de los días 4 a 15 en las situaciones especiales y en eventuales catástrofes puede verse neutralizado por las mejoras convencionales: según remitan a la «base reguladora», al «salario del mes anterior» o al «accidente de trabajo», su cuantía o su propia activación podrían cambiar. El Tribunal Supremo (TS) ha negado que la mejora pactada para el accidente de trabajo alcance a situaciones solo asimiladas (Sentencia del TS n.º 920/2022), pero la respuesta concreta dependerá de cada cláusula. Sería recomendable auditar convenios y políticas internas y, en su caso, aclarar su redacción en la comisión paritaria o en la próxima negociación, antes de que entre en vigor y eventualmente despliegue sus efectos la asimilación prevista.

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30 de octubre de 2026