Litispendencia y alcance de la retroacción de actuaciones

2026-06-01T16:15:00
España
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, de 20 de mayo de 2025, núm. 432/2025
Litispendencia y alcance de la retroacción de actuaciones
1 de junio de 2026
La STS 432/2025, de 20 de mayo, establece doctrina relevante en litigios sobre pactos de confidencialidad poscontractual, abordando dos cuestiones básicamente procesales clave: la litispendencia en presencia de procedimientos paralelos que delimitan el deber de sigilo ex lege de representantes de las personas trabajadoras, y el alcance de la nulidad de actuaciones, concretando que la retroacción debe limitarse al momento anterior a dictar sentencia, sin repetición del juicio.

El caso surge de una reclamación de cantidad planteada por la empresa por incumplimiento de un pacto de confidencialidad de 2004, a raíz de manifestaciones del trabajador en redes sociales. La existencia de un proceso paralelo, en el que se revocó parcialmente el deber de sigilo propio de la representación de las personas trabajadoras respecto de unos estudios relativos a un tipo concreto de sustancia, condiciona solo parcialmente el procedimiento principal, afectando la valoración de ciertas manifestaciones, pero permitiendo el análisis de otras conductas.

El Tribunal Supremo avala la suspensión del pleito de cantidad hasta la firmeza del proceso paralelo y ordena que el juzgado dicte nueva sentencia integrando su efecto vinculante. Además, la Sala adopta un criterio flexible sobre el requisito de contradicción en infracciones procesales, priorizando la homogeneidad de la controversia sobre la identidad estricta de hechos, partes o pretensiones. El fallo aporta seguridad en la secuenciación de procesos conexos, fomenta la economía procesal y aporta claridad sobre las consecuencias de la litispendencia. 

Ver el capítulo completo en: 2026 Práctica Mercantil para abogados: los casos más relevantes en 2025 de los grandes despachos. Editorial La Ley, 2026. 


1 de junio de 2026