La Resolución SMV N° 012-2026-SMV/01 consolida requisitos, amplía la incorporación por referencia y agiliza procedimientos
El 28 de agosto de 2026, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) publicó la Resolución SMV N° 012-2026-SMV/01, que introduce modificaciones relevantes al Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios (aprobado por la Resolución CONASEV N° 141-98-EF/94.10) y al Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Públicas de Valores Mobiliarios. Esta norma entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Las modificaciones buscan consolidar, simplificar y agilizar los procedimientos de inscripción de valores en el mercado de valores peruano, reduciendo cargas regulatorias, fortaleciendo la predictibilidad para los emisores y actualizando el marco normativo a las prácticas actuales del mercado de capitales.
Aspectos Clave
- Los requisitos de inscripción de valores, antes dispersos en el Manual, se consolidan en los artículos 13 y 14 del Reglamento, diferenciados por tipo de trámite, valor y emisor.
- Se amplía a todos los emisores la posibilidad de incorporar por referencia memorias anuales, reportes trimestrales, estados financieros y el Documento de Información Anual previamente revelados a la SMV.
- Las variaciones no fundamentales en la oferta pasan a un procedimiento de aprobación automática, reduciendo costos de cumplimiento.
- Se simplifica el órgano competente: la Intendencia General de Supervisión dispone la inscripción en todos los casos.
- Se actualiza la definición de Entidad Calificada, precisando que las sanciones deben haber quedado firmes en sede administrativa.
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