2026-02-25T08:51:00
Internacional
Nuevo escenario del Comercio Internacional tras la Sentencia del Tribunal Supremo de EEUU de fecha 20 de febrero de 2026
Continúa la guerra arancelaria
25 de febrero de 2026

El pasado viernes 20 de febrero, El Tribunal Supremo de Estados Unidos invalidó, por mayoría 6-3, los aranceles impuestos por el Presidente Trump bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA), al considerar que se extralimitó en los poderes invocados para imponer gran parte de sus gravámenes a los socios comerciales del país. El Alto tribunal confirma que los aranceles son un tipo de impuesto respecto de los que la Constitución exige la previa aprobación del Congreso. Establece que no es legal, en tiempos de paz, crear nuevos gravámenes generales tan amplios, con base en una supuesta emergencia económica nacional, y restringe este instrumento a usos tradicionales como sanciones financieras o bloqueo de bienes.

Se abre por tanto una vía por la que los operadores afectados van a poder solicitar la devolución de los aranceles pagados en las importaciones en EEUU desde "el día de la Liberación", el pasado 2 de abril de 2025, ahora declarados ilegales. Aunque el Tribunal no ha proporcionado una orientación clara sobre las consecuencias retroactivas de su sentencia, recomendamos a los operadores analizar qué aranceles satisfechos son reclamables y actuar rápido ante la muy previsible saturación del sistema.

Los aranceles afectados son los denominados "aranceles recíprocos" y los aranceles generales que la Administración Trump impuso a casi todos sus socios comerciales, con un tipo mínimo del 10 %. No se ven afectados, por tanto, los aranceles sobre el acero, el aluminio ni otros gravámenes adoptados bajo leyes comerciales y de seguridad diferentes a la IEEPA que siguen estando plenamente vigentes.

De momento no está claro si la Administración facilitará un procedimiento estandarizado de reembolso o si se requerirá que las empresas presenten una reclamación ante la Corte de Comercio Internacional. Por el momento las estimaciones de estas posibles reclamaciones ascienden a unos 240.000 millones de dólares.

Por otro lado, la Sentencia no ha impedido que Trump acuda a otros marcos legales como ha hecho de forma inmediata, en concreto acudiendo a las disposiciones sobre seguridad nacional o medidas de represalia frente a prácticas comerciales desleales (sección 122 de la Ley de Comercio de 1974). Estas nuevas medidas, anunciadas de forma inmediata, entran en vigor el 24 de febrero de 2026. Concretamente, desde esta fecha, Trump aplicará un recargo temporal del 10 % sobre las importaciones durante un máximo de 150 días, sin necesidad de solicitar autorización previa del Congreso, siempre que alegue la existencia de problemas fundamentales de pagos internacionales. La amenaza de un arancel del 15 %, en lugar del citado 10 %, todavía no se ha materializado, no obstante, la Casa Blanca está trabajando en una propuesta formal para incrementar la tasa.

Esta medida expirará el 24 de julio de 2026, salvo que el Congreso apruebe una prórroga. Esta nueva medida no afectará a los aranceles tipo 0 % al amparo de tratado de libre comercio con México y Canadá.

Ante este nuevo marco de inseguridad jurídica, la Unión Europea exige, como mayor socio comercial de EEUU, que cumpla su compromiso establecido en la Declaración Conjunta de julio de 2025 con la afirmación de “a deal is a deal”. No obstante, no se ha aprobado por el momento ninguna medida tendente a contrarrestar el impacto combinado del fallo del Tribunal Supremo y de los nuevos aranceles globales.

Desde el Grupo de Derecho de aduanas de Cuatrecasas, nos ponemos a su disposición para ayudarles a clarificar si se puede solicitar el reembolso y a acompañarles durante el procedimiento de reclamación a través de despachos de abogados americanos especialistas en Derecho aduanero.

Para más información, no dudes en contactar con nuestros especialistas a través del Área de Conocimiento e Innovación.

 

25 de febrero de 2026