Más sobre la posible inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 3/2016

2023-07-25T12:24:00
España
El Constitucional admite a trámite otra cuestión de inconstitucionalidad planteada y llega también al Supremo la posible inconstitucionalidad
Más sobre la posible inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 3/2016
25 de julio de 2023

El Tribunal Supremo (“TS”) ha admitido a trámite dos recursos de casación (recursos 8251/2022 y 8499/2022 —ECLI:ES:TS:2023:9303A y ECLI:ES:TS:2023:9301A—) en relación con la adecuación al ordenamiento constitucional del artículo 3.1 del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.

Se trata, en ambos casos, de recursos de casación contra dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia (“TSJ”) de Cataluña, de 29 de julio de 2022 (recursos 1500/2020 y 3689/2020 —ECLI:ES:TSJCAT:2022:7461—), en las que se desestimó la solicitud de rectificación de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades (“IS”), por parte de dos entidades en relación con la reversión en quintas partes —en los ejercicios 2016-2020—, de los deterioros, fiscalmente deducidos en ejercicios previos, del valor de las participaciones en otras entidades. Recordemos que la obligación de revertir dichos deterioros en quintas partes, e incrementar la base imponible del IS en dicho importe, fue introducida, entre otras medidas, por el Real Decreto-ley 3/2016 (“RDL 3/2016”), mediante la modificación de la disposición transitoria decimosexta de la Ley 27/2014 del IS.

El TSJ Cataluña se limitó a desestimar los recursos interpuestos por las citadas entidades, haciendo alusión al auto previo del Tribunal Constitucional 20/2022, de 26 de enero, que inadmitió a trámite, exclusivamente por cuestiones formales, una cuestión de inconstitucionalidad planteada sobre este RDL 3/2016.

Ante ello, las entidades demandantes han planteado recurso de casación. El TS, en sus autos mediante los que se admite a trámite ambos recursos de casación, alude —y así también lo pusieron de manifiesto las entidades recurrentes— a la cuestión de inconstitucionalidad (C.I. 2800-2023) planteada por la Audiencia Nacional en el procedimiento 727/2019, dirigido bajo la dirección letrada de CUATRECASAS, y que ha sido objeto de análisis en nuestro Legal flash | Planteada cuestión de inconstitucionalidad del Real Decreto-ley 3/2016. El Tribunal Constitucional acaba de hacer público que ha admitido a trámite esta cuestión de inconstitucionalidad (CI. 2800-2023) en su pleno del pasado 18 de julio.

En los autos del TS se menciona que las entidades recurrentes solicitaron la suspensión de actuaciones ante el TS, a raíz del planteamiento de la citada cuestión de inconstitucionalidad, sin que se opusiera a ello el Abogado del Estado. Sin embargo, la sección de admisión del TS ha acordado no suspender la tramitación de los recursos en este momento procesal, todo ello, “sin perjuicio de que pueda esperarse a la resolución de la cuestión de inconstitucionalidad antes de la resolución del recurso por la Sección de enjuiciamiento, si así esta lo decide”. Veremos, pues, qué acaba concluyendo el TS sobre esta suspensión.

Este RDL no deja de plantear retos y debates jurídicos, como hemos venido comentando desde su aprobación. Ahora, con estos nuevos recursos de casación, se suscitan otras cuestiones procesales de trascendencia en relación con este tema, al existir varias cuestiones de inconstitucionalidad y recursos de casación planteados y admitidos a trámite.  

25 de julio de 2023