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SuscribirmeEl auge de la tecnología de doble uso y el gasto en defensa
El gasto en defensa está en aumento. La guerra en Ucrania, los cambios en las políticas transatlánticas y una reevaluación más amplia de los riesgos de seguridad global han llevado a los Estados de todo el mundo a acelerar sus esfuerzos de adquisición y ampliar sus capacidades industriales.
El plan "ReArmar Europa/Preparación 2030" de la Comisión Europea (CE), que pretende movilizar 800.000 millones de euros, y la iniciativa presupuestaria SAFE (Acción por la Seguridad de Europa), en el marco del Fondo Europeo de Defensa (Reglamento 2021/697), con un presupuesto total de 7.953 mil millones de euros para el período 2021-2027, reflejan un firme compromiso con la adquisición conjunta, la producción a gran escala y la creación de reservas estratégicas. Los aliados de la OTAN han adoptado la Declaración de la Cumbre de La Haya 2025, que establece un ambicioso objetivo de gasto en defensa del 5 % del PIB para 2035. Incluso países que históricamente no han alcanzado el anterior objetivo de la OTAN del 2 % del PIB han hecho avances importantes en esa dirección, como España, que ha implementado con éxito su Plan Industrial y Tecnológico para la Seguridad y la Defensa 2025.
En septiembre de 2025, la CE actualizó el listado de productos de doble uso recogido en el Anexo I del Reglamento (UE) 2021/821, que impone a todos los Estados miembros el control de las exportaciones de productos, software y tecnología de doble uso, tales como tecnología cuántica, semiconductores, circuitos avanzados y ensamblajes electrónicos —ver Post | Actualización del listado comunitario de productos y tecnologías de doble uso—.
En este contexto, se están cerrando importantes contratos militares en áreas clave, entre ellas defensa aérea y defensa antimisiles (Patriot, IRIS-T, SAMP/T), sistemas de artillería y cohetes (PzH 2000, CAESAR, HIMARS), movilidad militar, munición, drones y sistemas antidrones, buques marítimos y equipos, protección de infraestructuras, capacidades ISR y espaciales, defensa cibernética y resiliencia industrial.
Todo ello ha dado lugar a una serie de programas técnicos y transnacionales de gran envergadura, caracterizados por cadenas de suministro complejas, obligaciones de participación industrial y la dependencia respecto a las tecnologías de doble uso, lo que puede generar conflictos a múltiples niveles entre las partes interesadas, por ejemplo entre gobiernos (G2G), entre gobiernos y contratistas principales (G2B) y entre contratistas principales y subcontratistas en las cadenas de suministro (B2B).
Con frecuencia, la contratación en el ámbito de la defensa desemboca en disputas con las administraciones en relación con las adquisiciones, disputas que a menudo se resuelven ante tribunales nacionales. Las cuestiones relacionadas con el cumplimiento y la terminación, sin embargo, pueden dirimirse mediante el arbitraje internacional. Además, es habitual que los contratistas recurran al arbitraje para regular las fases finales de sus relaciones internacionales privadas.
El arbitraje en el sector militar y de defensa
Por su naturaleza, los contratos de defensa son susceptibles de verse afectados por cambios políticos, acusaciones de corrupción y restricciones reglamentarias, lo cual, con frecuencia, desemboca en disputas complejas. Como resultado de la creciente globalización de esta industria, las controversias transfronterizas se han vuelto más habituales, lo que pone de manifiesto la importancia estratégica, el elevado valor y las implicaciones para la seguridad nacional de los contratos de defensa.
Por lo general, las disputas comerciales surgen por motivos relacionados con las obligaciones contractuales, los retos operativos y el cumplimiento de las normas específicas del ámbito de la defensa. Entre las categorías principales se incluyen las siguientes:
- Cumplimiento de las cláusulas obligatorias de traslado "en cascada" desde el contrato principal. A menudo, los subcontratos incorporan obligaciones de cumplimiento (p. ej., en materia de seguridad, controles de exportación, ética, auditorías, propiedad intelectual, aseguramiento de la calidad, prevención de piezas falsificadas, ciberseguridad) que son exigidas por los contratos principales. Estas obligaciones están en consonancia con el marco jurídico y regulador establecido por el régimen de contratación en materia militar del cliente final (p. ej., las normas PECAL en España, la Directiva de contratación en materia de defensa y seguridad de la Unión Europea (2009/81/CE), las normas AQAP de la OTAN, los reglamentos FAR y DFARS en EE. UU., los requisitos DEFCON/DEFFORM en el Reino Unido y las normas ASDEFCON en Australia). El cumplimiento en lo que respecta a estas obligaciones “en cascada” puede dar lugar a conflictos interpretativos y de ejecución en forma de compromisos back to back.
- Cumplimiento de los controles de exportación y de las normas en materia de seguridad. Las infracciones relacionadas con datos clasificados, autorizaciones y prohibiciones de exportación o normas de seguridad plantean desafíos legales adicionales, por su complejidad en términos correctivos y jurisdiccionales. En este contexto, los contratistas pueden presentar alegaciones de rebus sic stantibus, dificultades especialmente gravosas o fuerza mayor de conformidad con la ley aplicable. En España, el Real Decreto Ley 10/2025, vigente desde el 25 de septiembre de 2025, ha impuesto restricciones al comercio y las actividades vinculadas con Israel, lo que incluye la prohibición de transferir material de defensa y productos y tecnología de doble uso hacia o desde Israel —ver Post | Novedades en materia de comercio exterior con Israel—.
- Compensaciones y obligaciones de participación industrial. Los acuerdos de compensación se refieren a la obligación impuesta a los proveedores de defensa de invertir en la economía del país comprador como parte del acuerdo de contratación. Estos acuerdos funcionan como herramientas estratégicas para que las naciones compradoras obtengan de los contratos de defensa un valor adicional, a menudo en forma de transferencia de tecnología, participación de la industria local y coproducción, entre otros beneficios orientados a mejorar la base industrial y económica local. Con frecuencia, este tipo de pactos generan fricciones y desacuerdos en torno al cumplimiento de los contratos.
- Cuestiones de alcance y de control de cambios. A menudo, las ambigüedades o los cambios en los requisitos, los reajustes a mitad de proyecto y los desafíos en términos de fiabilidad dan lugar a la reclamación de cambios constructivos y ajustes equitativos. Estas cuestiones generan disputas entre los contratistas principales y los subcontratistas en proyectos intensivos y de amplio alcance.
- Conflictos en empresas conjuntas. Las disputas entre contratistas de empresas conjuntas, especialmente en colaboraciones multinacionales, ponen de manifiesto las dificultades de gestionar objetivos compartidos con relación a un cliente final.
- Calidad, servicio y reclamaciones de garantía. Los equipos de defensa deben cumplir con estrictos requisitos de calidad y servicio. A menudo surgen disputas cuando su rendimiento o fiabilidad no cumple con estos estándares, lo que conduce a reclamaciones de garantía.
- Calendario y rendimiento. Con frecuencia, los retrasos causados por interrupciones en la cadena de suministro, tecnologías aún inmaduras u obstáculos reglamentarios (p. ej., retrasos en la licencia) resultan en sanciones, tales como indemnizaciones por daños y perjuicios, declaraciones de vencimiento anticipado o la implementación de planes correctivos.
- Derechos sobre la propiedad intelectual y los datos. Durante la implementación de los programas de mantenimiento o modernización pueden surgir discrepancias en torno a la propiedad, el uso y la transferencia de los datos técnicos.
En otros casos, las disputas en materia de inversión no tienen su origen en cuestiones operativas, sino en cambios normativos o en las acciones de los Estados. Entre los desencadenantes más comunes se encuentran los siguientes:
- Revocación de licencias y aprobaciones de exportación, o exclusión de licitaciones públicas. Los cambios de política repentinos en los ámbitos de las licencias de exportación, los requisitos de licitación, la localización o los acuerdos de compensación, así como la denegación de licencias, suelen frustrar las expectativas de los inversores. Los demandantes pueden alegar expropiación indirecta, falta de equidad o administración discriminatoria, mientras que los Estados se defienden invocando competencias esenciales en materia de seguridad.
- Medidas impulsadas por sanciones. Las sanciones que implican la cancelación de contratos, la congelación de activos o el bloqueo de pagos pueden desembocar en procedimientos arbitrales. Los inversores se apoyan en la legislación internacional aplicable para impugnar las acciones del Estado de acogida, mientras que los Estados pueden escudarse en su derecho a regular. En este contexto, el paquete de sanciones aprobado mediante el Reglamento (UE) 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania, con sus posteriores modificaciones, prohíbe el comercio de equipamiento militar o de doble uso con la contraparte rusa.
- Normativa de propiedad y control. Las inversiones en el sector de la defensa suelen estar sometidas a un riguroso control de la inversión extranjera, así como a revisiones de seguridad nacional y de cumplimiento constante de las restricciones sobre la propiedad. Las controversias giran en torno a las garantías procesales, la proporcionalidad y la no discriminación.
- Cambios normativos y cláusulas de estabilización. En ocasiones, los Gobiernos modifican los aspectos económicos de los acuerdos de defensa mediante nuevas leyes o medidas ejecutivas. Para protegerse frente a tales cambios, sin embargo, es posible recurrir a las cláusulas de estabilización de los contratos o acuerdos industriales.
Consejos prácticos para el asesoramiento interno
Para evitar controversias y defender con éxito las posibles reclamaciones, es fundamental adoptar un enfoque proactivo y tomar medidas específicas, como las detalladas a continuación:
- Establecer un marco de gestión de reclamaciones desde el primer día. Desarrollar un protocolo integral para identificar y documentar de forma sistemática posibles cambios constructivos, demoras e inquietudes en materia de fiabilidad. Asegurarse de mantener un registro contemporáneo y de cuantificar cualquier afectación en la cadena de suministro de contratista principal a subcontratista. Proteger de forma proactiva la posición jurídica del cliente incluyendo cláusulas como fuerza mayor, dificultades especialmente gravosas o rebus sic stantibus para salvaguardar sus derechos contractuales y abordar de manera eficaz cualquier circunstancia imprevista.
- Planificar las obligaciones "en cascada" de forma eficaz. Asegurar el traslado preciso de las cláusulas obligatorias del cliente final a las subcontratas. Reflejar los requisitos contractuales del cliente final en todos los subcontratos y establecer auditorías de cumplimiento periódicas para evitar ambigüedades interpretativas y conflictos relacionados con el rendimiento.
- Fortalecer la gobernanza de las empresas conjuntas. En las colaboraciones multinacionales, establecer derechos de toma de decisiones, protocolos de escalamiento y marcos de salida claramente definidos. Ajustar estos mecanismos para que se adapten a las exigencias especiales de ejecución y cumplimiento impuestas por los clientes finales soberanos.
- Reforzar la disciplina de regulación de los cambios. Exigir aprobaciones y fijaciones de precios por escrito para los cambios en los requisitos y los reajustes a mitad de proyecto para evitar disputas en torno a cambios constructivos y ajustes equitativos.
- Monitorear sanciones y recurrir a mecanismos de emergencia. Hacer seguimiento de las sanciones de la UE y de otras sanciones (p. ej., el Reglamento (UE) 833/2014) e incluir cláusulas de suspensión o terminación automática y de bloqueo de pagos para abordar los efectos adversos que se puedan derivar de las sanciones.
- Garantizar el cumplimiento normativo y minimizar los riesgos legales y operativos. Adaptar los programas internos de cumplimiento del control de exportaciones para garantizar que los procedimientos internos reflejen los nuevos requisitos reglamentarios, de conformidad con las directrices internacionales y europeas. Reclasificar el portafolio de productos y tecnologías y revisar detenidamente las nuevas entradas incluidas en la lista (p. ej., las categorías 3A501, 3B501 y 4A506). Proporcionar formación a los departamentos y las áreas relevantes (p. ej., ingeniería, ventas y logística) acerca de los principales cambios en la normativa.
- Redactar contratos listos para el arbitraje en todos los niveles. Establecer cláusulas de arbitraje uniformes en los contratos principales, los subcontratos clave y los acuerdos con proveedores. Esta uniformidad garantiza vías coherentes y ágiles de resolución de conflictos en todo el marco contractual.
- Conservar pruebas de valoración para disputas en materia normativa. Conservar modelos financieros y registros contemporáneos que respalden la valoración realizada en el caso de una acción reguladora adversa.
- Conformar equipos transversales. Aunar la experiencia y el conocimiento en materia de derecho público, cumplimiento normativo y arbitraje para abordar de forma proactiva la intersección de riesgos reglamentarios, geopolíticos y comerciales.
Para más información, no dudes en contactar con nuestros especialistas de Cuatrecasas a través del Área de Conocimiento e Innovación.
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