La integración de un grupo fiscal en otro: operaciones de fusión y de compra

2025-05-26T17:40:00
España
La DGT se pronuncia sobre el régimen fiscal del artículo 74.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (régimen de consolidación fiscal) 
La integración de un grupo fiscal en otro: operaciones de fusión y de compra
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26 de mayo de 2025

La actual Ley del Impuesto sobre Sociedades (IS) introdujo un régimen fiscal específico —en principio, más favorable— para aquellos supuestos de extinción de un grupo fiscal derivado de su integración en otro grupo fiscal en el Impuesto sobre Sociedades. Nos referimos al régimen fiscal especial regulado en el artículo 74.3 de la Ley del IS, en el marco del régimen de consolidación fiscal.

Desde la aprobación de este régimen fiscal específico, la Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido varias resoluciones de interés; muchas de ellas derivadas de consultas planteadas bajo la dirección letrada de Cuatrecasas.

En este Legal Flash analizamos el criterio de la DGT sobre determinados aspectos de este régimen, relativos tanto al ámbito de su aplicación y alcance, como a cuestiones del propio régimen sustantivo.

Como se comenta en este análisis, en muchas ocasiones, la DGT concluye atendiendo a la finalidad por la que se estableció este régimen especial.

La DGT, sin embargo, no se ha pronunciado todavía sobre algunas otras cuestiones controvertidas de esta regulación. 

Para más información, no dudes en contactar con nuestros especialistas de Cuatrecasas a través del Área de Conocimiento e Innovación.

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26 de mayo de 2025