Impacto de la Directiva (UE) 2026/799 en el Derecho concursal español
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó el pasado 1 de abril la Directiva (UE) 2026/799 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de marzo de 2026, relativa a la armonización de determinados aspectos del Derecho en materia de insolvencia, calificada habitualmente como "Segunda Directiva de Insolvencia".
Aspectos clave
- La Directiva 2026/799 o Segunda Directiva de Insolvencia alterará parcialmente el régimen actual en materia de Derecho de la insolvencia, aunque no se prevé que tenga un impacto significativo en España, donde ya existe un marco concursal avanzado.
- Establece normas comunes sobre seis materias concretas: acciones rescisorias, rastreo de activos de la masa, procecimientos de venta prenegociada o prepack, deber de los administradores de solicitar la apertura del procedimiento de insolvencia, comités de acreedores y fichas de información esencial.
- Sus disposiciones serán de aplicación en los procedimientos de insolvencia.
- Excluye de su ámbito de aplicación los mecanismos de reestructuración preventiva.
- Prevé una armonización de mínimos y se debe transponer al ordenamiento jurídico español antes del 22 de enero de 2029.
En este Legal Flash exponemos las novedades que tendrán mayor impacto en nuestro Derecho de la insolvencia; en particular, en la regulación de las ventas prenegociadas para hacerlas más competitivas, en el régimen de las acciones rescisorias y en los deberes de los administradores sociales.
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