Cuatrecasas asesora a Plenergy en sentencia del Supremo que declara impugnables respuestas a consultas previas de viabilidad en materia de carreteras
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SuscribirmeCuatrecasas ha asesorado a Plenergy Grupo, S.L. en la obtención de una reciente sentencia del Pleno de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que reconoce la posibilidad de impugnar las respuestas que emite la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes a las denominadas ‘consultas previas de viabilidad’ ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El artículo 70.9 del Reglamento General de Carreteras contempla la posibilidad de presentar este tipo de consultas con el fin de que dicha Administración evalúe la viabilidad jurídico-técnica del otorgamiento de la autorización sectorial necesaria para la instalación de un acceso rodado a una gasolinera desde el dominio público viario, antes incluso de presentar formalmente la solicitud correspondiente.
La sentencia (núm. 377/2026, dictada el 25 de marzo de 2026) ha fijado doctrina sobre la interpretación del contenido y el alcance del consabido artículo 70.9 del Reglamento General de Carreteras y ha concluido que dichas respuestas son impugnables de forma autónoma por su carácter vinculante y, en consecuencia, por condicionar la posterior decisión administrativa en cuanto al otorgamiento de la autorización.
Así, la sentencia avala la tesis defendida a este respecto por Cuatrecasas y modula la posición contraria mantenida hasta ahora por diferentes Tribunales Superiores de Justicia (particularmente, el de Madrid) la cual, esencialmente, excluía la posibilidad de impugnar en sede judicial este tipo de respuestas, al sostener que no reunían los requisitos esenciales para ser consideradas como actos administrativos susceptibles de impugnación en sede judicial. Ello impedía, hasta ahora, el análisis de la adecuación a Derecho del contenido de las respuestas.
El equipo de Cuatrecasas encargado del asesoramiento en este asunto ha estado integrado por Julio Brasa y Alberto Cortegoso, del grupo de Derecho Público, y Elicia Rodríguez, del grupo Casación y Recursos Especiales.No te pierdas nuestros contenidos
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