Evaluación clínica de tecnologías sanitarias en la UE

2025-11-28T19:09:00
Unión Europea
Nuevo Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2086 desarrolla la evaluación clínica para productos sanitarios
Evaluación clínica de tecnologías sanitarias en la UE
28 de noviembre de 2025

El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2086 de la Comisión, adoptado el 17 de octubre de 2025, (“Reglamento de Ejecución”) marca un hito en la evaluación clínica conjunta (“ECC”) de productos sanitarios y productos para diagnóstico in vitro en la Unión Europea.

Hay que tener en cuenta que, desde el 12 de enero de 2025, está vigente el Reglamento (UE) 2021/2282 sobre evaluación de tecnologías sanitarias (“Reglamento ETS”), que estableció la base jurídica de la cooperación obligatoria entre los Estados miembros en torno a las ECC y las consultas científicas conjuntas.

Para más información sobre el Reglamento ETS puede consultarse nuestras entradas “Reglamento UE 2021/2282, aplicable desde el 12 de enero de 2025” y su desarrollo en España “The Draft Royal Decree on Health Technology Assessment” y en Portugal “HTA Regulation: Infarmed’s organizational and competence changes”.

Este nuevo Reglamento de Ejecución precisa y desarrolla dicho reglamento, fijando normas procedimentales detalladas para las ECC de productos sanitarios y de productos sanitarios para diagnóstico in vitro, junto con formatos estandarizados de expedientes e informes, reglas de participación de expertos y parámetros de transparencia, confidencialidad y protección de datos.

Detalles de los procesos de evaluación

Productos sanitarios cubiertos por las ECC

Los productos sanitarios y productos para diagnóstico in vitro sujetos al ECC serán aquellos que sean productos sanitarios de clase IIb o III o productos sanitarios para diagnóstico in vitro de clase D; y

  • Presenten necesidades médicas no cubiertas;
  • Sean el primero de su clase;
  • Incorporen software con inteligencia artificial, tecnologías de aprendizaje automático o algoritmos;
  • Tengan una dimensión transfronteriza relevante;
  • Tengan un valor añadido importante a escala de la Unión; o
  • Tengan repercusiones para los pacientes, la salud pública o los sistemas de asistencia sanitaria.

La Comisión, previa recomendación del Grupo de Coordinación, adoptará al menos cada dos años una decisión de selección de Productos a efectos de la ECC.

La dinámica de los procesos de evaluación

Impacto práctico

  • Heterogeneidad en el mercado europeo y acelerar decisiones nacionales;
  • Disponibilidad de informes de ECC puede mejorar la eficiencia y coherencia de sus procesos;
  • El desafío pendiente está en la integración de los resultados de ECC en marcos nacionales de evaluación económica.

Entrada en vigor

El Reglamento de Ejecución entró en vigor el 9 de noviembre 2025.

 



28 de noviembre de 2025