Prórroga del “mecanismo ibérico”

2023-03-30T10:10:00
España
El RDL 3/2023 prorroga hasta el final de 2023 el mecanismo de ajuste previsto en el RDL 10/2022
Prórroga del “mecanismo ibérico”
30 de marzo de 2023

Se ha publicado en el BOE el RDL 3/2023, de 28 de marzo, de prórroga del mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista regulado en el RDL 10/2022, de 13 de mayo.

RDL 10/2022: Mecanismo Ibérico

El RDL 10/2022, que estableció un instrumento excepcional y con una duración temporal limitada que finalizaba el 31 de mayo de 2023, preveía que el ajuste se realizaría mediante la limitación de la repercusión del precio del gas consumido por las centrales de ciclo combinado en las ofertas que fijan el precio del mercado mayorista de la electricidad, estableciéndose un precio de referencia del gas de 40 €/MWh durante 6 meses, que se incrementaría en 5 €/MWh al mes a partir de entonces. Puede consultar más información sobre el RDL 10/2022 en nuestro Legal Flash sobre el mecanismo ibérico para la reducción del precio de la electricidad.

RDL 3/2023: Ajuste Regulado

El RD 3/2023 extiende este mecanismo hasta el 31 de diciembre de 2023, y establece los valores mensuales del precio de referencia del gas natural con un incremento mensual de 1,10 €/MWh, desde los 55 €/MWh de marzo hasta los 65 €/MWh en diciembre de 2023.

Asimismo, y en relación con el esquema que preveía el RDL 10/2022 de exención del pago del ajuste de aquellos volúmenes de energía que, mediante instrumentos de contratación a plazo, se hubieran cubierto frente a la volatilidad de los precios del mercado diario e intradiario, el RDL 3/2022 habilita un nuevo periodo de 15 días hábiles desde su entrada en vigor para la presentación de instrumentos cobertura a plazo que se hayan suscrito con anterioridad al 7 de marzo de 2023 y extiendan sus efectos desde junio a diciembre de 2023.

El RDL 3/2023 entra en vigor el 30 de marzo de 2023. No obstante, el mecanismo de ajuste regulado en el RDL 3/2023 resultará de aplicación a partir de la fecha que se determine en la Orden por la que se publique en el BOE la autorización del mecanismo de ajuste por parte de la Comisión Europea.

Debido a la integración de los mercados eléctricos de España y Portugal en el Mercado Ibérico de Electricidad, la extensión del mecanismo de ajuste se adopta de manera coordinada en la Península Ibérica. Puede consultar más información sobre la prórroga del mecanismo de ajuste en Portugal aquí.

30 de marzo de 2023