Decreto 1040 de 2026: nuevas obligaciones contra el acoso laboral

2026-10-06T03:25:00
Colombia

Empleadores deben actualizar reglamento interno, contratos, política y protocolo contra el acoso

Decreto 1040 de 2026: nuevas obligaciones contra el acoso laboral
6 de octubre de 2026

Contexto normativo

Desde Cuatrecasas destacamos la publicación del Decreto 1040 de 2026, expedido por el Ministerio del Trabajo el 5 de agosto de 2026 y publicado en el Diario Oficial No. 53.580 del 6 de agosto de 2026. Este decreto reglamenta parcialmente la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) y desarrolla la Ley 1010 de 2006, la Ley 2365 de 2024, la Ley 1257 de 2008 y la Ley 2528 de 2025, que aprueba el Convenio 190 OIT. El decreto adiciona el Capítulo 8 al Título 1, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo).

¿Qué establece el Decreto 1040 de 2026?

El Decreto 1040 de 2026 impone a todos los empleadores —del sector público y privado, en la economía formal e informal, en espacios físicos o virtuales— obligaciones concretas en materia de prevención y atención del acoso laboral, el acoso sexual, la violencia basada en género y la discriminación laboral en el entorno de trabajo. Sus disposiciones protegen a un espectro amplio de sujetos: asalariados, independientes, informales, pasantes, aprendices, practicantes, personas despedidas, voluntarios, candidatos a empleo y quienes ejercen autoridad del empleador.

En síntesis, las principales obligaciones son:

  • Adoptar y socializar una política de prevención de construcción participativa con trabajadores y sindicatos, que incluya principios de dignidad, igualdad, equidad de género, confidencialidad y no revictimización; declaración de cero tolerancia; mecanismos de evaluación con indicadores; y articulación con el SG-SST y el comité de convivencia laboral.
  • Implementar un protocolo de prevención, atención y sanción que contemple una ruta integral (orientación, recepción, investigación, protección y cierre), canales seguros y confidenciales, medidas de protección inmediata, debida diligencia, acciones correctivas, capacitación y reporte estadístico, articulado con el Ministerio del Trabajo, la Fiscalía, la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo.
  • Actualizar el reglamento interno de trabajo para incorporar expresamente las disposiciones del decreto, conforme a la Ley 2365 de 2024 y la Ley 2466 de 2025.
  • Modificar contratos de trabajo y demás formas de vinculación para informar sobre la existencia y obligatoriedad de la política y el protocolo.

Aspectos clave a tener en cuenta

El decreto establece que las relaciones de poder o subordinación generan una presunción de acoso laboral o violencia. Asimismo, el silencio o la falta de resistencia de la víctima no pueden interpretarse como consentimiento. Entre las medidas de protección se destacan: activación inmediata sin prueba previa, ajustes de turnos, teletrabajo y reasignación del denunciado, con un plazo máximo de cinco días hábiles para adoptar estas medidas a solicitud de la víctima.

Resulta especialmente relevante la ineficacia de la terminación del contrato de la víctima dentro de los seis meses siguientes a la presentación de la queja, si se verifican los hechos. También se reconoce el derecho de no confrontación y no conciliación en casos de violencia basada en género, junto con una presunción de discriminación y la flexibilización de la carga probatoria. Las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo quedarán habilitadas para verificar el cumplimiento normativo y emitir requerimientos, conforme a los artículos 485 y 486 del CST.

Es importante señalar que el decreto rige desde su publicación y no prevé período de transición, lo que implica que las obligaciones son exigibles de manera inmediata.

Impacto para las empresas: plan de acción

Desde Cuatrecasas queremos destacar un aspecto práctico de especial relevancia: muchos empleadores acaban de actualizar su reglamento interno de trabajo como consecuencia de la reforma laboral (Ley 2466 de 2025) y ahora deben volver a actualizarlo, junto con los contratos de trabajo y demás documentos de vinculación, para incluir la referencia expresa a la política y al protocolo de prevención. Este es el plan de acción recomendado:

  1. Revisar y actualizar el reglamento interno de trabajo para incorporar las disposiciones del Decreto 1040 de 2026 y las referencias a la política y al protocolo.
  2. Adoptar o actualizar las políticas de prevención del acoso laboral, el acoso sexual y la violencia basada en género, con participación de los trabajadores y sindicatos.
  3. Crear el protocolo de prevención, atención y sanción con la ruta integral exigida por el decreto.
  4. Modificar los contratos de trabajo y documentos de vinculación para informar sobre la existencia y carácter vinculante de la política y el protocolo.
  5. Articular con el SG-SST y el comité de convivencia laboral para garantizar la coherencia del sistema de gestión.
  6. Programar la socialización y formación del personal sobre la política y el protocolo, garantizando su actualización anual.
  7. Implementar canales seguros y confidenciales de denuncia, accesibles para todos los sujetos protegidos, incluidos contratistas, aprendices y personal en misión.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor el Decreto 1040 de 2026?

El decreto rige desde su publicación en el Diario Oficial (6 de agosto de 2026) y no establece un período de transición, por lo que las obligaciones son exigibles de forma inmediata.

¿A quiénes protege el decreto?

Protege a un espectro amplio: trabajadores asalariados en cualquier situación contractual, independientes, informales, pasantes, aprendices, practicantes, personas despedidas, voluntarios, candidatos a empleo y quienes ejercen autoridad del empleador, en todos los sectores y tanto en espacios físicos como virtuales.

¿Qué sucede si el empleador no cumple?

El Ministerio del Trabajo vigilará y podrá sancionar la ausencia de la política, del protocolo o su falta de socialización, conforme a los artículos 485 y 486 del Código Sustantivo del Trabajo. Además, la inspección del trabajo podrá emitir requerimientos directos a través de las Direcciones Territoriales.

Referencias normativas

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6 de octubre de 2026