Gobierno colombiano fija criterios sobre tercerización ilegal

2026-06-17T19:21:00
Colombia

Nuevos criterios, indicios y sanciones para empresas que tercericen o intermedien ilegalmente

Gobierno colombiano fija criterios sobre tercerización ilegal
17 de junio de 2026
  • Decreto No. 0581 de 2026 constituye la reglamentación más completa y detallada sobre tercerización e intermediación laboral ilegal en Colombia
  • Invierte la carga de la prueba. Cubrir funciones permanentes mediante terceros genera una presunción de contrato de trabajo directo con la empresa beneficiaria.
  • Detalla indicios de ausencia de estructura productiva propia y de subordinación real al beneficiario, que la inspección laboral valorará de forma conjunta. 
  • Prohíbe la sustitución sucesiva de distintas Empresas de Servicios Temporales para cubrir un mismo servicio, calificándose como intermediación ilegal.
  • Establece multas de hasta 5.000 SMLMV por infracción, incremento del 50 % por reincidencia, y posibilidad de revocatoria de licencias y suspensión de actividades. 
  • Establece la responsabilidad solidaria por las obligaciones laborales y de seguridad social  en caso de intermediación ilegal.
17 de junio de 2026