MINEM propone la notificación obligatoria vía casilla electrónica

2026-10-19T09:38:00
Perú
Domicilio digital único, alertas como requisito de validez, acuse de recibo y reglas ante fallas del sistema
MINEM propone la notificación obligatoria vía casilla electrónica
19 de octubre de 2026

El 14 de octubre de 2026, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Ministerial No. 440-2026-MINEM/DM (la “Resolución”), mediante la cual el Ministerio de Energía y Minas (“MINEM”) dispuso la publicación, para comentarios, del proyecto de Decreto Supremo que dispone la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas del MINEM y aprueba el Reglamento del Sistema de Casilla Electrónica del MINEM (el “Proyecto”).

El Proyecto busca otorgar celeridad a las notificaciones en los procedimientos a cargo del MINEM, en el marco de la Ley No. 31736, Ley que regula la notificación administrativa mediante casilla electrónica, y del numeral 20.4 del artículo 20 del TUO de la Ley No. 27444. A continuación, se exponen los aspectos más importantes del Proyecto.

Principales cambios introducidos por el Decreto Supremo

  • Notificación obligatoria y domicilio legal único
    El Proyecto establece la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administrativas emitidos en el marco de cualquier actividad administrativa del MINEM. Los administrados se afilian obligatoriamente al sistema, y la casilla asignada se constituye en su único domicilio digital. Su otorgamiento y uso son gratuitos, y todo documento notificado deberá contar con firma digital.
  • Inicio de la obligatoriedad
    La obligatoriedad regirá a partir de la primera notificación personal mediante la cual se comunique al administrado la creación de su casilla, o cuando de alguna actuación suya se concluya que accedió a ella. El Proyecto precisa que la sola asignación técnica de la casilla, el registro o la aceptación de términos y condiciones no sustituyen esta condición legal.
  • Validez y eficacia de la notificación
    La notificación se inicia con el depósito del documento en la casilla, generándose automáticamente la constancia de notificación y el acuse de recibo. El envío de alertas tanto al correo electrónico como al teléfono celular registrados constituye requisito de validez. Las notificaciones solo se realizarán de lunes a viernes en horario de atención; si el depósito se efectúa fuera de dicho horario, se considerará notificado el día hábil siguiente, a primera hora. El administrado deberá confirmar la recepción dentro de los cinco (5) primeros días hábiles, y los plazos se computarán desde que la notificación adquiera eficacia.
  • Excepciones y contingencias
    Si el administrado no cuenta con acceso a internet o se encuentra en condición de vulnerabilidad, podrá comunicarlo al MINEM, en cuyo caso se le notificará por las modalidades del artículo 20 del TUO de la Ley No. 27444. Lo mismo aplicará ante interrupciones del sistema, debiendo el MINEM publicar un comunicado indicando la fecha, hora y duración de la falla. En caso de controversia sobre la validez de una notificación, corresponderá al MINEM acreditar que esta se produjo. 
  • Obligaciones de los administrados y baja de la casilla
    Los administrados deberán revisar periódicamente su casilla, atender las alertas, mantener actualizados su correo electrónico y teléfono celular, y guardar la confidencialidad de sus credenciales. La casilla solo podrá darse de baja por fallecimiento del administrado o extinción de la persona jurídica. 
  • Adecuación de procedimientos en trámite
    Los procedimientos administrativos y demás actuaciones en trámite deberán adecuarse a la notificación obligatoria vía casilla electrónica en un plazo de sesenta (60) días hábiles desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo, que se producirá al día siguiente de su publicación. Asimismo, el sistema se integrará progresivamente con la Casilla Única Electrónica del Estado Peruano y la plataforma ID GOB.PE.

Los interesados tienen quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, para remitir sus comentarios a través de la mesa de partes del MINEM o al correo electrónico prepublicacionesoadac@minem.gob.pe. Este plazo vence el próximo 29 de octubre.

Para más información, no dudes en contactar con nuestros especialistas a través del Área de Conocimiento e Innovación.

19 de octubre de 2026