Unison Rights logra una sentencia favorable del Tribunal Supremo sobre las prácticas de la SGAE

2026-11-05T10:28:00
España

El Supremo acoge la tesis de Unison Rights, con el asesoramiento de Cuatrecasas, sobre aplicación de la normativa de competencia en mercados conexos

Unison Rights logra una sentencia favorable del Tribunal Supremo sobre las prácticas de la SGAE
5 de noviembre de 2026

Cuatrecasas ha asesorado a Unison Rights en la obtención de una sentencia favorable de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, dictada el 21 de octubre de 2026. La resolución estima los recursos de casación interpuestos por Unison Rights y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en el procedimiento relativo a las prácticas de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) en los mercados de gestión y explotación de derechos de propiedad intelectual.

La sentencia acoge la tesis defendida por Unison Rights y complementa la doctrina general de la Sala en el marco de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre conductas abusivas en mercados conexos. Reafirma que la prohibición del abuso de posición dominante puede extenderse a conductas con efectos reales o potenciales en mercados estrechamente vinculados al mercado dominado, sin que sea necesario acreditar una posición de dominio en todos ellos. Asimismo, precisa que esta doctrina se aplica en ambas direcciones de la cadena de valor o de actividad económica: lo determinante es la conexión entre los mercados y la incidencia de la posición dominante de uno sobre otro, no su jerarquía ni su importancia económica relativa.

En palabras de la Sala Tercera del Tribunal Supremo: «Un abuso en un mercado distinto del dominado ha de ser tomado en consideración en el ámbito del Derecho de la competencia si presenta una conexión con la posición dominante, bien porque se ostente esta posición también en el otro u otros mercados y la conducta constituya una explotación de la misma, o porque conduzca a alcanzarla o, en su caso, a reforzarla, al margen de la posible relevancia económica que cada mercado tenga en la entidad dominante».

El Tribunal Supremo anula así la sentencia de la Audiencia Nacional, que había dejado sin efecto la sanción de cerca de tres millones de euros que la CNMC había impuesto a la SGAE. El fallo considera que la pérdida de la posición dominante de la SGAE en uno de los mercados afectados durante parte del período investigado no basta para dejar sin efecto la sanción. Por ello, ordena devolver las actuaciones a la Audiencia Nacional para que, teniendo en cuenta la citada doctrina, dicte una nueva sentencia sobre las cuestiones y pretensiones planteadas en el proceso.

El asesoramiento ha estado a cargo del equipo de Casación y Recursos Especiales de Cuatrecasas. Al respecto, Álvaro Luna, consejero de dicho equipo, ha señalado: «Estamos muy satisfechos de haber obtenido una decisión favorable a Unison Rights que respalda la tesis defendida en casación. El pronunciamiento aporta una precisión especialmente relevante para este tipo de asuntos, de elevada complejidad técnica y probatoria: el análisis de las prácticas abusivas en mercados conexos debe atender a la realidad económica y a la estrecha relación entre los mercados, sin quedar limitado a una valoración aislada de la posición de la empresa en cada uno de ellos, ni atender a lecturas formalistas o jerárquicas entre un mercado principal y otro secundario. El fallo reconoce la necesidad de un enfoque dinámico en la aplicación de la normativa de competencia, lo cual es especialmente importante en mercados cada vez más complejos, como los digitales».

5 de noviembre de 2026