Tiempo muerto en la aplicación del reglamento de agentes; la lucha continúa

2023-11-08T09:30:00
España
La asociación de agentes consigue una victoria en el mercado español.
Tiempo muerto en la aplicación del reglamento de agentes; la lucha continúa
8 de noviembre de 2023

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid estima la solicitud de medidas cautelares planteada por la Asociación Española de Agentes de Futbolistas y otros agentes, frente al nuevo Reglamento sobre Agentes de Fútbol de la FIFA (“FFAR” por sus siglas en inglés) que, entre otras medidas, limita los honorarios que pueden cobrar los agentes de los futbolistas. 

Las medidas cautelares adoptadas

En concreto, las medidas cautelares adoptadas por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid han sido las siguientes:

  1. Se ordena a la FIFA abstenerse de aplicar los artículos 15.1 y 15.2 del FFAR -artículos referidos a la limitación de honorarios-, debiendo respetar el statu quo previo al FFAR en lo relativo a la ausencia de limitaciones de los honorarios de los agentes de fútbol, todo ello mientras dure la tramitación del procedimiento en curso.

    Tal y como comentamos en el post "Las normas de la FIFA sobre las comisiones de agentes salvan el primer penalti en los Países Bajos", el pasado 1 de octubre de 2023 entró en vigor en su totalidad el nuevo FFAR que supone una reforma integral en el sistema de transferencias de la FIFA, introduciendo novedades muy relevantes en la figura de los agentes, siendo algunas de ellas foco de controversia en el sector, en especial la referida a la limitación a los honorarios que pueden cobrar los agentes, por considerar que dicha limitación puede ser incompatible con la normativa europea de derecho de la competencia y con la libre prestación de servicios.

  2. Se ordena a la Real Federación Española de Fútbol (“RFEF”) abstenerse de transponer a su propia reglamentación los artículos 15.1 y 15.2 del FFAR, debiendo respetar el previo al FFAR en lo relativo a la ausencia de limitaciones de los honorarios de los agentes mientras dure la tramitación del procedimiento.

    Respecto a la segunda de las medidas acordadas, recordemos que el artículo 3 del FFAR dispone que las federaciones miembros de la FIFA deberán implementar, antes del 30 de septiembre de 2023, en sus reglamentos nacionales diversos preceptos del nuevo reglamento de agentes entre los que se encuentra el mencionado artículo 15. A la fecha del presente post, la RFEF aún no ha adaptado su reglamento nacional de agentes a las exigencias del FFAR, por lo que cabe intuir que el máximo organismo del fútbol en nuestro país, visto lo ocurrido en los países vecinos, se encontraba a la espera de conocer el resultado de la solicitud de medidas cautelares por el impacto que pudiese tener en su nueva reglamentación.

Así, la asociación de agentes consigue una victoria en el mercado español -al menos temporal-, todo ello, ya que conforme a la medida cautelar adoptada por el Juzgado español no resultan aplicables las limitaciones de los honorarios de los agentes impuestas por el FFAR, al menos hasta que se resuelva el procedimiento en curso.

El caso español y la medida cautelar adoptada por la Corte de Dortmund

Como ya hemos venido viendo estos meses en varios países vecinos, los argumentos de los demandantes para solicitar las medidas cautelares en los tribunales españoles se centran en alegar que la normativa podría suponer una vulneración tanto del artículo 101 como al artículo 102 del TFUE, así como de los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.  

Sin duda la decisión del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, se ha visto muy influenciada por las resoluciones previas de otros tribunales y organismos del panorama europeo, como Alemania e Inglaterra, donde ya se habían pronunciado positivamente sobre la suspensión de varios preceptos del nuevo reglamento.

Tal y como tratamos en el post "El Derecho de la competencia deja en fuera de juego a la FIFA en Alemania", el 24 de mayo de 2023 el Tribunal Regional de Dortmund prohibió a la FIFA y a la Federación Alemana de Fútbol aplicar determinadas disposiciones del FFAR, siendo el número de disposiciones del FFAR afectadas por esta resolución más numerosas que en el caso de España.

Es decir, el Tribunal alemán acordó suspender, no solo la aplicación del artículo 15 relativo a la limitación de honorarios, sino, además, entre otros, los artículos referidos a la prohibición de la doble representación (artículo 12, apdos. 8-10 y 16), así como la obligatoriedad del pago de honorarios a través de la Cámara de Compensación de la FIFA (art. 14, apdo. 13).

Como consecuencia de ello, para evitar cualquier tipo de incertidumbre legal, FIFA emitió un comunicado en virtud del que se acuerda suspender la aplicación de la totalidad del FFAR sobre todas las transacciones vinculadas al mercado alemán.

Es destacable remarcar para evitar malas interpretaciones que el Tribunal de Madrid únicamente ha dictado unas medidas cautelares por tanto aún no ha opinado sobre la adecuación a Derecho de las medidas aprobadas por FIFA.

La batalla legal de los Agentes VS FIFA continúa

A día de hoy, las asociaciones de agentes de toda Europa siguen a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie sobre la compatibilidad del FFAR con la normativa europea de derecho de la competencia y de la libre prestación de servicios. 

No obstante, a pesar de que aún no existe certeza sobre la conformidad o no a derecho de la competencia del nuevo reglamento, se puede observar cómo cada vez son más los tribunales europeos que optan por suspender de forma cautelar la aplicación de los preceptos relativos a limitación a los honorarios de los agentes, a la vista de las repercusiones que podría tener su aplicación en el mercado de traspasos invernal.  

En cualquier caso, parece que, para este mercado de traspasos invernal, en operaciones realizadas en el mercado español, los agentes podrán seguir cobrando la comisión pactada entre las partes, sin que resulte de aplicación ninguna limitación al porcentaje. Sin embargo, tendremos que esperar al minuto 90 para ver como acaba el partido cuando finalmente se discuta el fondo del asunto.

8 de noviembre de 2023