El nuevo Código Aduanero de la Unión (CAU) entra en vigor

2026-09-22T12:04:00
Unión Europea

Arranca la aplicación gradual del nuevo CAU tras su entrada en vigor

El nuevo Código Aduanero de la Unión (CAU) entra en vigor
22 de septiembre de 2026

Como ya explicábamos en nuestros Post | Propuesta de reforma del Código Aduanero de la Unión (CAU) y Post | Un paso más hacia el nuevo Código Aduanero de la Unión (CAU), la reforma del Código Aduanero de la Unión (CAU) ha recorrido un largo camino desde que la Comisión Europea presentó su propuesta de reforma en mayo de 2023. Finalmente, el pasado 16 de septiembre de 2026, el Parlamento Europeo cerró el círculo al aprobar en segunda lectura el nuevo texto, que ya había obtenido el respaldo del Consejo el 3 de septiembre. El resultado: un Reglamento completamente renovado —el Reglamento (UE) 2026/2108— que sustituirá al Reglamento (UE) n.º 952/2013 y que se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el sábado 19 de septiembre de 2026. La norma entró en vigor ayer, 21 de septiembre de 2026, aunque sus distintas disposiciones se irán aplicando de forma gradual conforme a los plazos específicos previstos para cada medida.

El propósito de fondo no cambia: modernizar la Unión Aduanera y equiparla para afrontar los retos del comercio electrónico transfronterizo, tal como veníamos anticipando. Ahora que la reforma es ya Derecho positivo, las palabras del ponente del expediente, el eurodiputado Dirk Gotink, cobran especial resonancia: se trata de la mayor transformación de las aduanas europeas desde 1968.

Entre las novedades con mayor impacto práctico destaca un cambio de paradigma en la responsabilidad de los operadores: las plataformas y vendedores que faciliten ventas a distancia desde fuera de la UE directamente a consumidores europeos pasarán a ser considerados importadores. Esta nueva condición conlleva obligaciones relevantes: suministrar los datos exigidos a las autoridades aduaneras, responder por los derechos de aduana y garantizar que las mercancías cumplen la normativa de la Unión. Como refuerzo adicional, estos operadores deberán estar establecidos en la UE o designar un representante en su territorio.

Otra novedad significativa es la introducción de una tasa de gestión de la Unión (handle fee): un importe fijo por categoría de mercancías que las autoridades aduaneras percibirán para tramitar las solicitudes de despacho a libre práctica de mercancías vendidas mediante ventas a distancia. La Comisión fijará su cuantía mediante acto delegado, tomando como referencia los costes aproximados de los servicios asociados —verificación de datos, análisis de riesgos, infraestructura y controles—, y será inferior cuando las mercancías se despachen desde un depósito aduanero destinado a ventas a distancia. La tasa, que abonará el deudor de la deuda aduanera de importación, no será reembolsable y deberá estar operativa, como muy tarde, el 1 de noviembre de 2026.

El nuevo marco normativo apuesta decididamente por la digitalización. La piedra angular de esta transformación es el Centro de Datos Aduaneros de la UE, una plataforma digital única que sustituirá progresivamente a más de un centenar de sistemas informáticos nacionales actualmente dispersos. El calendario de implantación es ambicioso: será obligatoria para los importadores de ventas a distancia desde el 1 de julio de 2028, voluntaria para el resto de operadores a partir de 2031 y obligatoria para todos ellos a partir del 1 de marzo de 2034.

Como complemento institucional, se constituye la Autoridad Aduanera de la Unión Europea, con sede en Lille. Este nuevo organismo asumirá funciones clave: coordinar la cooperación entre las aduanas nacionales, dirigir el análisis de riesgos a escala de la Unión y gestionar el propio Centro de Datos. Su creación marca un hito histórico: por primera vez, la Unión Aduanera contará con un órgano central de gobernanza, con el que se pretende poner fin a la actual disparidad de criterios y prácticas entre Estados miembros.

En el ámbito de los operadores, la reforma introduce cambios sustanciales. Por un lado, se revisa el estatuto de operador económico autorizado, endureciendo los criterios de acceso e imponiendo a las autoridades aduaneras un seguimiento periódico del cumplimiento al menos cada tres años. Por otro, se crea la figura del operador de confianza certificado (Trust and Check Trader): un nuevo régimen de colaboración reforzada que exige mayor transparencia —incluido el acceso casi en tiempo real de las autoridades a los sistemas del operador— a cambio de ventajas significativas, como el levante de mercancías sin intervención previa de la aduana o el aplazamiento del pago de la deuda aduanera. El estatuto actual de operador económico autorizado se mantiene vigente, precisamente, para no penalizar a los operadores de menor tamaño.

El nuevo CAU también refuerza el régimen sancionador. El incumplimiento reiterado de las nuevas obligaciones podrá acarrear sanciones de hasta el 6 % del valor de las mercancías importadas en los últimos doce meses, además de la posible suspensión del estatuto de operador de confianza o de operador económico autorizado. Un marco disuasorio que invita a la prudencia.

En definitiva, con la entrada en vigor del nuevo CAU, el Código Aduanero de la Unión deja de ser un proyecto en negociación para convertirse en Derecho positivo. Los cambios son de calado tanto para los operadores tradicionales como, especialmente, para los actores del comercio electrónico transfronterizo.

Por ello, resulta fundamental que los operadores de comercio exterior se mantengan informados y atentos a las novedades regulatorias y operativas que vayan surgiendo en el marco del nuevo esquema aduanero. La aplicación gradual de las distintas disposiciones abre una ventana de adaptación que conviene aprovechar: anticiparse a los nuevos requisitos, revisar los procedimientos internos y reforzar el cumplimiento normativo serán claves para operar con seguridad jurídica en este nuevo entorno.

Asimismo, conviene no perder de vista el nivel de conocimiento e inteligencia de datos que la nueva Autoridad Aduanera podrá ejercer a través del Centro de Datos Aduaneros de la UE. La centralización de la información en una única plataforma permitirá a las autoridades cruzar datos a escala europea, detectar patrones de riesgo y supervisar las operaciones con un grado de profundidad sin precedentes. Para los operadores, esto se traduce en una exigencia reforzada de trazabilidad, coherencia en las declaraciones y rigor documental. La transparencia y la calidad de los datos dejarán de ser una buena práctica para convertirse en una necesidad operativa.

Para más información, no dudes en contactar con nuestros especialistas de Cuatrecasas a través del Área de Conocimiento e Innovación.

 

22 de septiembre de 2026